Debate Jurídico Ecuador. ISSN 2600-5549/ Vol. 6 / Nro. 2 / mayo-agosto / Año. 2023 / pp. 198-212
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Considerando que es una investigación teórica, se utilizó el Método Analítico-Sintético, el cual
permitió realizar un análisis de los diferentes instrumentos en cuanto al proceso de calificación
de discapacidades, normativa de los actos de simple administración y actos administrativos y
de esta manera valorar todos sus elementos, partes, componentes y luego integrarlos en una
síntesis con el fin de tener una visión clara de la problemática motivo del presente trabajo.
Las técnicas de investigación empleadas en la presente investigación son: el análisis
documental, considerándose dentro de estas libros, revistas, leyes, informes, guías y normas
técnicas, que permita revisar la información ya existente a fin de comprender de mejor manera
el tema de estudio de la investigación; y la entrevista a 5 expertos en derecho administrativo,
con la finalidad de acoger sus argumentos en cuanto al objeto de estudio.
El instrumento utilizado para la presente investigación es la “guía de entrevista”, que
comprende las preguntas, temas y demás aspectos a analizarse al momento de la entrevista.
RESULTADOS
Actos de Simple Administración: El Código Orgánico Administrativo (2017) define al acto de
simple administración o acto de trámite, como “… toda declaración unilateral de voluntad,
interna o entre órganos de la administración, efectuada en ejercicio de la función
administrativa que produce efectos jurídicos individuales y de forma indirecta” (artículo 120)
pueden ser instrucciones, orden de servicio, sumillas, dictámenes e informes.
Para autores como Gordillo o Rojas son aquellos actos previos a la resolución que no
producen un efecto jurídico directo, que ordenan el procedimiento como informes, dictámenes,
actos de incoación, de instrucción, comunicaciones o notificaciones, que tiene como finalidad
la construcción del acto administrativo o definitivo como se lo conoce doctrinariamente.
(Gordillo, 2011, págs. II-12) y (Rojas, 2003, pág. 23).
Tanto del ordenamiento jurídico como por la doctrina, debemos entender que el acto de simple
administración pese a ser una declaración (decisión, juicio) de voluntad, se realiza de forma
interna como parte de la articulación de un proceso administrativo, el cual no posee efecto de
forma directa para el ciudadano, sino que se plasma en un acto administrativo final, en cual
debe recoger todos aquellos argumentos plasmados en actos de simple administración, en
uno solo, que posteriormente si dará efecto directo al ciudadano.
En palabras de (Guzmán Napurí, 2005) uno de los actos de simple administración más
frecuentes que podemos encontrar dentro de la administración pública:
Son medios que las entidades emplean para procurarse información de órganos
consultivos o de otros organismos de la Administración Pública, siendo declaraciones
de juicio emitidos por servidores o funcionarios calificados. Dada su naturaleza de