Revista Debate Jurídico Ecuador. Revista Digital de Ciencias Jurídicas. UNIANDES
ISSN 2600-5549/ Vol. 7 / Nro. 1 / enero-abril / Año. 2024 / pp. 3-16
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ARTÍCULO DE INVESTIGACIÒN
VIOLENCIA VICARIA UN ANÁLISIS DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
VICARIOUS VIOLENCE: AN ANALYSIS OF INTERNATIONAL HUMAN RIGHTS LAW
Patiño Izquierdo, Claudia Sevigne;
claudiapat3014@hotmail.com;
Abogada en libre ejercicio,
Loja, Loja, Ecuador;
, https://orcid.org/0009-0009-9763-7502
https://doi.org/10.61154/dje.v7i1.3360
Recibido: 12/07/2023
Revisado: 20/10/2023
Aprobado: 27/11/2023
Publicado: 01/01/2024
RESUMEN
Este trabajo de investigación examinó críticamente la necesidad de la aplicación la
violencia vicaria en el sistema jurídico ecuatoriano. Para abordar esta cuestión, se
utilizó un enfoque cualitativo que involucra métodos inductivo-deductivo, analítico- sintético,
dogmático y comparativo, así como técnicas de revisión y registro bibliográfico.
Teóricamente, la inclusión de la violencia indirecta se justificó como una oportunidad para
proteger los derechos de las ctimas directas e indirectas de la violencia y crear una
responsabilidad legal clara. Además, se analizó el conflicto entre las disposiciones legales
existentes y la necesidad de abordar adecuadamente la violencia vicaria en el derecho
ecuatoriano. En definitiva, se reconoció que es necesaria una reforma legislativa que
armonice los derechos de las víctimas indirectas con el principio de justicia y protección
Patiño Izquierdo; Claudia Sevigne
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jurídica.
DESCRIPTORES DE CONTENIDO: Violencia de género; defensa de derechos humanos;
violación de derechos.
ABSTRACT
This thesis critically examined the need for the application of vicarious violence in the
Ecuadorian legal system. To address this issue, a qualitative approach involving inductive-
deductive, analytical-synthetic, dogmatic and comparative methods, as well as literature
review and registration techniques were used. Theoretically, the inclusion of indirect violence
was justified as an opportunity to protect the rights of direct and indirect victims of violence and
to create clear legal accountability. In addition, the conflict between existing legal provisions
and the need to adequately address vicarious violence in Ecuadorian law was analyzed.
Ultimately, it was recognized that legislative reform is needed to harmonize the rights of
indirect victims with the principle of justice and legal protection.
CONTENT DESCRIPTORS: Gender violence; defense of human rights; violation of rights.
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo de investigación se indago la violencia vicaria la cual se puede
definir como un término utilizado para describir un tipo de violencia en la que afecta a una
persona indirectamente, a través de dañar o amenazar a alguien cercano a ella. Es decir, se
refiere a situaciones en las cuales un agresor ejerce violencia en contra una persona
cercana con la intención de causarle daño emocional, físico o psicológico indirectamente
a través de sus relaciones cercanas, como hijos, familiares, amigos o mascotas, a
la luz de esta vulneración a los derechos. Esta figura no se encuentra regulada en la
normativa ecuatoriana en la actualidad.
En Ecuador, la falta de consideración de esta noción puede estar relacionada con la
ausencia de legislación específica que aborde esta forma de violencia. Es posible que las
leyes actuales no contemplen de manera explícita este tipo de violencia lo que
dificulta su persecución legal, así como justicia y reparación para sus ctimas.
Además, el enfoque tradicional en la violencia doméstica directa y la ausencia de
conciencia y comprensión sobre la violencia vicaria contribuyeron a su falta de
reconocimiento legal.
La investigación de la problemática abordó la necesidad de examinar cómo el marco legal
internacional protege y garantiza los derechos de las todas las personas, lo que incluye el
derecho a una vida libre de violencias de todo tipo y la protección de los derechos de las
víctimas directas e indirectas de violencia vicaria. Así como de identificar posibles lagunas
en la legislación y los desafíos su tipificación, sanción y prevención efectiva. El Trabajo de
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Titulación partió de un enfoque cualitativo, con la utilización de los métodos inductivo-
deductivo, analítico- sintético dogmático y comparativo, así como las técnicas de
revisión bibliográfica y fichaje.
Se planteó la siguiente pregunta de investigación: ¿es necesaria la regulación de la
violencia vicaria en la legislación ecuatoriana? En la primera parte del capítulo se estudian
los antecedentes de la violencia vicaria, así como se plantea un acercamiento a su noción.
En la segunda parte se desarrolla su marco normativo y la normativa internacional
relacionada. En la tercera parte se sostiene y fundamenta la necesidad de su
implementación en el ordenamiento jurídico ecuatoriano.
De manera general, “la violencia es el uso de una fuerza abierta o escondida, con el fin de
obtener de un individuo o un grupo eso que ellos no quieren consentir libremente”. (Trujillo,
2009 citando a Platt, p. 65). Es cierto que la violencia implica el uso de la fuerza, ya sea
abierta o encubierta, para obtener algo de un individuo o grupo con el que no está de
acuerdo. Puede adoptar muchas formas, incluidas las físicas, verbales y psicológicas. o
aspectos emocionales y pueden ocurrir en diferentes contextos como el familiar, educativo,
laboral, comunitario, etc.
Para empezar el análisis de la presente investigación nos enfocaremos a indagar sobre
los inicios de la violencia, para ellos citamos lo que expresa Patou-Mathis, (2020)
colaboradora de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura:
El origen de la violencia se da en la antigüedad las huellas más antiguas de violencia del
hombre de que disponemos actualmente son las resultantes de la práctica del canibalismo.
En efecto, en osamentas humanas del Paleolítico se han observado vestigios de
desarticulaciones, descarnaduras, fracturas y calcinaciones de cuerpos. (Patou-Mathis,
2020, p.12)
Es cierto que la violencia ha existido en la historia de la humanidad desde la antigüedad,
la violencia ha sido utilizada por el hombre como una herramienta para imponer su
voluntad, resolver conflictos, obtener recursos, dominar a otros grupos, entre otras razones,
esto se respalda con lo expresado por Iucci, (2020) “Sostienen que ciertos rasgos y
comportamientos violentos podrían estar relacionados con la evolución biológica de los
seres humanos, siendo su origen con la misma creación de la humanidad”. (p. 5)
Sin embargo, es importante mencionar que la violencia no es natural del ser humano, sino
que es un comportamiento aprendido y condicionado por diversos factores culturales,
sociales, psicológicos, entre otros. De esta manera, aunque la violencia haya estado
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presente desde la antigüedad, esto no implica que sea una conducta inevitable o justificable
en la sociedad actual.
La violencia contra la mujer atraviesa las fronteras culturales y geográficas, contradice la
esencia misma de la equidad y el respeto. Se presentan estadísticas alarmantes y relatos
desgarradores yacen vidas afectadas, por lo que la violencia contra la mujer emerge como
un desafío fundamental que debe ser abordado con urgencia y determinación.
Por ello el objetivo de la presente investigación es: Identificar la violencia vicaria a la luz de
los derechos y garantías reconocidos en el derecho internacional de los derechos
humanos.
MÉTODOS
La presente investigación se lleva emplea una metodología no experimental, de nivel
descriptivo y corte transversal, parte de un enfoque mixto que combina elementos
cualitativos y cuantitativos para abordar el tema de la violencia vicaria.
En cuanto al enfoque cualitativo, se realizó una revisión crítica de doctrina, jurisprudencia
y legislación relacionada con la violencia vicaria en el ámbito del Derecho Internacional de
los Derechos Humanos y legislación comparada. Esta revisión permitió analizar y
comprender en profundidad los aspectos teóricos y conceptuales de la problemática. Por
otro lado, se utilizó un enfoque cuantitativo para realizar un análisis estadístico de la
información recopilada.
En términos de los métodos a utilizar, se emplearon diversos, tales como el inductivo-
deductivo, analítico- sintético, histórico-lógico, dogmático y comparativo. Estos métodos
permitieron abordar el tema desde diferentes perspectivas y facilitarán la comprensión
integral de la violencia vicaria en el contexto jurídico.
En cuanto a las técnicas de investigación, se utilizan la encuesta, la entrevista y la historia
de vida. Estas técnicas permitieron recopilar información directa de los jueces, abogados en
libre ejercicio del cantón Loja y ciudadanos en general que posean conocimiento sobre la
problemática de la violencia vicaria. Estas perspectivas diversas contribuyeron a enriquecer
el análisis de la investigación. Finalmente, en la parte estadística se utiliun muestreo
aleatorio simple, lo que permite obtener una muestra representativa de la población
estudiada y asegurar la validez de los resultados obtenidos en el estudio.
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RESULTADOS
Resultados de las Encuestas
En el marco de esta investigación, se llevó a cabo la encuesta en dos organizaciones que
se enfocan en la lucha por la defensa de los derechos de las mujeres: Acción Feminista
por la Paz (organización privada) y el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos (institución
blica).
Después de procesar los datos, se presentan a continuación los resultados obtenidos, los
cuales se enmarcan dentro de los objetivos establecidos en esta investigación. Estos
resultados serán analizados en relación a los objetivos planteados previamente en el
estudio, se han tabulado las encuestas realizadas para facilitar su análisis y comprensión.
La información recopilada de estas encuestas se ha estructurado de manera organizada,
permitiendo una visualización clara y concisa de los datos obtenidos.
Pregunta Nro. 1. ¿Conoce usted qué es la violencia vicaria?
Figura 2. Violencia Vicaria
Nota: Conocimiento de la violencia vicaria
El análisis de la información revela que el 80% de los encuestados afirmaron conocer el
concepto de violencia vicaria, mientras que el 20% declaró no conocerlo.
Estos resultados indican que la mayoría de los encuestados conocen el concepto de
violencia vicaria, lo cual es un hallazgo importante en el contexto de este estudio. La
violencia se refiere a la violencia dirigida contra hijos o hijas con la intención de causar
daño emocional a la madre o al padre. Este concepto es relativamente nuevo y ha
evolucionado hasta convertirse en una forma de abuso que afecta indirectamente a los
niños.
Pregunta Nro. 2. ¿Usted ha sufrido de este tipo de violencia o conoce a alguien que haya
sufrido este tipo de violencia?
20%
80%
Si No
Patiño Izquierdo; Claudia Sevigne
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Figura 3. Víctima de Violencia Vicaria
Nota: Conocimiento si es víctima de violencia vicaria
El análisis de la información revela que el 67% de los encuestados afirmaron haber sufrido
este tipo de violencia o conocer a alguien que haya experimentado esta forma de violencia
vicaria. Por otro lado, el 33% indicó no haber tenido experiencia personal ni conocimiento
de alguien que haya sido víctima de este tipo de violencia.
Estos resultados destacan que una proporción significativa de los encuestados ha
experimentado o tiene conocimiento directo de la violencia vicaria. La violencia vicaria puede
tener consecuencias devastadoras tanto para las personas que la sufren directamente
como para aquellos que la presencian o conocen a alguien que la ha experimentado. Este
hallazgo destaca la importancia de abordar y combatir este tipo de violencia de manera
efectiva, brindando apoyo y recursos a las personas afectadas.
Pregunta Nro. 3. ¿Estaría de acuerdo con que se tipifique como delito a la violencia vaciara
en el COIP?
Figura 4. Tipo Penal
Nota: Tipificación de la violencia vicaria
El análisis de la información revela que el 100% de los encuestados están de acuerdo con
que se tipifique como delito a la violencia vicaria en el Código Orgánico Integral Penal
33%
67%
Si No
0%
100%
Si No
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(COIP). Ningún participante expresó estar en desacuerdo con esta medida.
Estos resultados indican un consenso unánime entre los encuestados en cuanto a la
necesidad de que la violencia vicaria sea considerada como un delito en el marco legal del
COIP. Esta es una respuesta contundente y sugiere que existe un amplio respaldo para la
incorporación de esta tipificación en el sistema penal.
Pregunta Nro. 4. ¿Estaría de acuerdo con que se incluya a la violencia vicaria dentro de
los tipos de violencia de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia
contra las Mujeres?
Figura 5. Tipos de Violencia
Nota: Inclusión de la violencia vicaria en la LOIPEVM
Analizando los datos resulta que el 100% de las encuestadas está de acuerdo en que la
violencia vicaria pertenece a los tipos de violencia mencionados en la ley orgánica general
para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Ninguno de los participantes
expresó su acuerdo con esta propuesta.
Estos resultados muestran el acuerdo unánime de los encuestados sobre la necesidad de
reconocer la violencia sustitutiva como una forma de violencia contra las mujeres y
abordarla dentro de la legislación existente.
Integrar la violencia vicaria en la estructura de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y
Erradicar la Violencia contra las Mujeres conllevaría a su oficialización como una
modalidad particular de maltrato. Esto no solo establecería un marco legal para prevenir y
castigar esta forma de violencia, sino que también brindaría una base sólida para resguardar
a las víctimas afectadas.
Pregunta Nro. 5. ¿Considera usted, que la inclusión de la violencia vicaria en la legislación
ecuatoriana contribuye en la visibilizarían de la problemática?
0%
100%
Si No
Patiño Izquierdo; Claudia Sevigne
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Figura 6. Inclusión de la Violencia Vicaria
Nota: Inclusión de la violencia vicaria en la legislación ecuatoriana
Un análisis de los datos revela que el 93% de los encuestados cree que incluir la violencia
vicaria en la legislación ecuatoriana contribuirá a la visibilizarían del problema. Por otro
lado, el 7% de los participantes indique no cree que esta inclusión visibilice el problema.
Estos resultados muestran que la mayoría de los encuestados reconocen la inclusión de la
violencia indirecta en la legislación como una forma de resaltar y llamar la atención sobre
este tema en particular. Hacerlo visible es un paso crucial en la concientización, la
sensibilización y la acción para abordar y prevenir la violencia indirecta.
Pregunta Nro. 6. ¿Considera usted, que la inclusión de la violencia vicaria en la
legislación ecuatoriana contribuye para la disminución y erradicación de este tipo
de violencia?
Figura 7. Inclusión de la Violencia Vicaria
Nota: Inclusión de la violencia vicaria en la legislación ecuatoriana
El análisis de los datos muestra que el 100% de los encuestados cree que la inclusión de
la violencia vicaria en la legislación ecuatoriana contribuirá a la reducción y eliminación de
este tipo de violencia. Ningún participante expresó desacuerdo con esta afirmación.
Estos resultados reflejan la opinión unánime de los encuestados de que la inclusión de la
violencia vicaria en la legislación tiene un efecto positivo en la reducción y erradicación de
0%
100%
Si No
7%
93%
Si No
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este tipo de violencia. Los encuestados creen que una base jurídica sólida para combatir
la violencia indirecta puede traer cambios significativos en la prevención, el castigo y la
protección de las víctimas.
La incorporación de la violencia vicaria en el derecho ecuatoriano puede promover
diferentes formas de intervención, como la sensibilización, educación, tratamiento y apoyo
a las ctimas, así como la promoción de políticas públicas y medidas concretas para
combatir este tipo de violencia.
DISCUSIÓN
Trabajaremos en un proyecto de grado llamado Violencia vicaria: los efectos reversibles en
las madres, cuyo objetivo es explorar cómo otros investigadores están abordando este
problema social.
El estudio "Violencia vicaria: el golpe reversible a la maternidad" analiza el problema social
de los asesinatos relacionados con la violencia de género y su impacto en las madres. Se
ha observado que estos casos han aumentado significativamente desde el año 2000,
especialmente después de la implementación de la Ley Orgánica No. 1/2004 sobre
medidas de protección integral contra la violencia de género.
Una investigación realizada en el Reino Unido respalda esta tendencia y confirma que los
homicidios relacionados con la violencia de género han aumentado desde el siglo XXI.
Estas situaciones hacen referencia a lo que se conoce como “violencia sustituta”, término
que hace referencia a situaciones en las que un agresor perpetra violencia contra los hijos
e hijas de mujeres maltratadas.
El estudio también reveló características comunes de los atacantes. La mayoría de ellos
eran hombres de mediana edad, entre 30 y 50 años, y alrededor del 80% de ellos eran los
padres biológicos de sus hijos asesinados. El nivel de educación no muestra una
correlación significativa al desagregarse por niveles. Sin embargo, se observó una
tendencia entre los agresores que convivían con mujeres en ese momento a tener tasas
de desempleo más altas, especialmente en casos de separación o divorcio.
En el caso de asesinato, estos incidentes ocurrieron cuando sólo los padres eran
responsables de sus hijos y ocurrieron en su mayoría en la residencia del perpetrador. En
la mayoría de los casos, el atacante utiliza un arma punzante y se establece que ha
cometido violencia contra niños en el pasado.
Las víctimas son en su mayoría niños y niñas de entre 0 y 5 años, y el rechazo a la imagen
del agresor es evidente. Además, en la muestra del estudio no se encontraron valoraciones
por parte de profesionales como psicólogos o trabajadores sociales. Las investigaciones
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reconocen que la violencia contra las mujeres es un fenómeno arraigado desde el comienzo
de la historia de la humanidad. En el pasado, los maridos eran considerados dueños o
gobernantes de sus esposas, quienes tenían derecho a gobernarlas a voluntad sin ningún
tipo de compensación.
Según los resultados, la mayoría de agresores son hombres que tienen algún nculo con
la mujer maltratada, ya sea como progenitor o como parte del núcleo familiar. Estos casos
suelen referirse a situaciones de separación de sus esposas o parejas o de convivencia
conflictiva. Se analizará el estudio titulado "Promoción del concepto de violencia alternativa"
para conocer cómo otros autores han analizado esta problemática social.
A través de la serie documental "Rosio, Cuenta la verdad para vivir", se analiza la
popularidad del concepto de "violencia alternativa" y su influencia en los medios digitales
españoles. El objetivo es determinar si la serie contribuye a la comprensión de este
problema y si el concepto de violencia doméstica está incluido en el vocabulario colectivo.
Los resultados mostraron que los periódicos seleccionados no eran consistentes en sus
definiciones de violencia vicaria, lo que refleja una falta de consenso sobre la definición del
concepto. En la mayoría de los casos, los medios asocian la violencia doméstica con la
violencia de género, pero no hay consenso sobre la definición de este término.
El análisis muestra que el problema de la violencia doméstica se ha resuelto con la ayuda
de documentales e informes de los medios, pero los medios analizados no lograron crear
una definición ampliamente aceptada del término.
Los resultados del estudio muestran que no existe un consenso claro en los medios de
comunicación españoles respecto a la definición de violencia vicaria. Aunque la mayoría
de los periódicos seleccionados asociaron la violencia indirecta con la violencia sexual, no
hubo una definición acordada del término. Además, se descubrió que El País dedicaba
más esfuerzos a proporcionar información educativa sobre la violencia indirecta.
Se señaló que la emisión de los documentales “Rocío, Cuenta la verdad para seguir viva”
influyó en el uso de la expresión en los medios, sugiriendo que la serie promovía el
concepto de violencia vicaria. Sin embargo, todavía queda trabajo por hacer para que los
medios españoles entiendan este asunto de forma más clara y unánime.
La mayoría de los periódicos asocian el término con violencia sexual; no había una
definición acordada para ello. Esto refleja la necesidad de crear una definición clara y
aceptada de violencia indirecta para comprender y abordar mejor el problema.
Se recalca que la emisión de la docuserie "Rocío, contar la verdad para seguir viva" tuvo
un impacto en el uso del término en los medios de comunicación, lo que indica que la serie
contribuyó a popularizar el concepto de violencia vicaria. Sin embargo, se señala que aún
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queda trabajo por hacer para lograr una comprensión más clara y consensuada de este
problema en los medios de comunicación españoles. Además, se menciona que el diario
El País dedicó más esfuerzos en proporcionar información didáctica sobre la violencia
vicaria, lo que sugiere la importancia de una cobertura mediática responsable y educativa
sobre este tema.
Se analizará el estudio denominado “Violencia vicaria: violencia machista invisibilizada en
nuestro ordenamiento jurídico", para comprender como otros autores han analizado este
problema social.
Es importante enfatizar que esta forma de violencia surge de la desigualdad y las relaciones
de poder entre hombres y mujeres en una sociedad patriarcal. Se considera que la violencia
de género adopta muchas formas, incluido el abuso físico, sexual y psicológico. El artículo
también menciona que la solución de estos problemas debe partir de las raíces sociales. A
nivel internacional se han adoptado normas y se han celebrado conferencias sobre la
violencia contra las mujeres. A nivel nacional, países como Ecuador han tomado medidas
y establecido instituciones para combatir la violencia de género. El Código Orgánico
Integral Penal de Ecuador de 2014 tipifica el feminicidio como un delito grave.
Esta violencia supuestamente ocurrió después del divorcio, cuando el abusador perdió el
contacto directo con la mujer y encontró nuevas formas de atacarla. El término "proxy de
violencia" fue acuñado en 2012 por la psicóloga Sonia Vaccaro. Se discuten diversas
definiciones y aportes teóricos a la violencia indígena, así como críticas que cuestionan su
existencia como una forma específica de violencia de género.
La violencia vicaria es una manifestación de la violencia de género arraigada en las
sociedades
Se está examinando de cerca un proyecto de ley que modifica la Ley Jurídica Integral para
Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres de Ecuador para incluir la violencia
alternativa como otra forma de violencia contra las mujeres. Se analizó el plan de reformas
y se hicieron críticas y propuestas. Se enfatizó la importancia de evaluar los riesgos para
la vida e integridad de los niños en casos de violencia doméstica. El objetivo de las reformas
propuestas en el proyecto de ley es incluir la violencia subrogada como una forma de
violencia contra las mujeres y evaluar el riesgo para la vida e integridad del niño en los
casos de violencia doméstica.
Se revisaron entrevistas con seis especialistas familiarizados con el tema de la violencia
alternativa, revelando diferentes actitudes hacia la inclusión de la violencia alternativa en el
sistema de justicia, algunos encuestados la consideraron una medida necesaria y urgente
para proteger a las ctimas. Otros expresaron dudas sobre su eficacia y la necesidad de
crear conciencia para prevenir ese tipo de violencia. A pesar de sus diferencias, todos
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reconocieron la importancia de abordar la violencia alternativa y proteger a las víctimas
directas e indirectas, enfatizando la necesidad de sanciones específicas. Salvaguardias
para prevenir dichos abusos, destacando la importancia de ser conscientes del daño
emocional que causa a las víctimas indirectas. En general, las entrevistas enfatizaron la
importancia de una mayor atención y conciencia sobre la violencia alternativa en el sistema
de justicia y la sociedad en general.
Se realizo historias de vida a dos víctimas violencia vicaria en la que se resaltó que
ambas historias de vida muestran situaciones de violencia vicaria, donde los victimarios
utilizan a los hijos como herramienta para controlar y dañar a las madres. Estas mujeres
han sido testigos de mo sus exparejas manipulan y amenazan a sus hijos para que
actúen en su contra, causándoles daño emocional y afectando su relación con los niños.
CONCLUSIONES
La violencia doméstica es un fenómeno inquietante que ha sido identificado y estudiado en
diversos contextos. Es violencia de género infligida a los hijos de mujeres maltratadas,
utilizándolos como medio para controlar e infligir daño emocional a sus seres queridos.
Madres, este tipo de violencia ha sido documentada en algunos países y se considera
basada en género. Una forma extrema de abuso cuyo objetivo es
causar
dolor
a
la
madre
dañando
al
niño.
La violencia doméstica ha sido documentada en varios países, lo que indica que es un
problema social global. Las investigaciones muestran que los perpetradores suelen ser
hombres que tienen una relación cercana con la mujer abusada, como un padre biológico o
un miembro de la familia nuclear. Esta estrecha relación entre perpetrador y víctima resalta
la importancia de reconocer cómo la violencia doméstica tiene sus raíces en la dinámica
familiar y cómo los niños. La importancia de ser blanco de manipulación y violencia en un
intento de controlar a las madres resalta que la violencia vicaria no sólo afecta directamente,
sino que también tiene implicaciones significativas para la sociedad y la sociedad en su
conjunto.
Es necesario integrar la violencia doméstica en el sistema de justicia para proteger a las
víctimas directas e indirectas. Las investigaciones y análisis destacan la importancia del
reconocimiento legal de la violencia por poderes como una forma específica de violencia de
género, lo que facilitará la implementación de medidas de protección y sanciones.
Especialmente dirigido a atacantes. El sistema de justicia debe estar plenamente preparado
para identificar y abordar adecuadamente los casos de violencia doméstica, teniendo en
cuenta el impacto emocional y psicológico de este tipo de violencia en las ctimas
indirectas, como las madres y los niños victimizados.
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