Conde Bilbao; Machín Castillo; Guirola Rodríguez; Díaz García
248
Se han realizado estudios e intentos de implementar a gran escala, y con alto nivel de privacidad,
la identidad digital para uso público en las relaciones con el Estado, ejemplo es el caso de la
India, que posee una población muy numerosa, y para quien la identidad digital se presenta como
una oportunidad y garantía del Estado.
La identidad digital es el resultado de los cambios y desarrollo tecnológicos actuales, que ha
producido efectos positivos como la compra en línea, el voto electrónico, la suscripción de
documentos mediante firma digital, los contratos inteligentes; sin embargo, las plataformas de
identidad digital pueden producir resultados no deseados o degenerativos. Tal situación plantea
la necesidad de protección y privacidad de dichos datos, siendo necesaria una regulación jurídica
al respecto; sin embargo, careciendo el mundo digital de fronteras, dificulta el ámbito de
regulación por parte del Estado. La necesidad de regulación jurídica radica ante los problemas
presentados por suplantación de identidad digital, que conlleva a la sustracción de dinero de
cuentas bancarias, deterioro de la reputación personal, entre otros delitos.
La suplantación de identidad implica que una persona actuando dolosamente, sustituye a otra
persona en el mundo digital, usando las contraseñas de acceso de las personas, ingreso no
autorizado a perfiles, creación de perfiles falsos, generando daños económicos o del buen
nombre del titular de la identidad digital. Quien suplanta la identidad, puede utilizar información
subida a la red por el propio suplantado de manera consciente o inconscientemente, como
fotografías, datos de identificación, estado civil, residencia, números telefónicos, entre otros, ya
que, al subir información a Internet, se pierde el control sobre esos datos.
En Cuba son muy pocas las investigaciones que se han llevado a cabo respecto a este tema,
no obstante, se tiene constancia de que se han realizado algunos trabajos como la Revista
Científica de la Universidad de Cienfuegos, donde se hace mención a la identidad digital. No hay
evidencia de ningún estudio que se sostenga en los argumentos jurídicos de esta figura en aras
de proteger al individuo en las redes.
Este trabajo tiene gran relevancia porque de manera constructiva vamos a señalar las
deficiencias jurídicas que tiene nuestra Ley de Comunicación, así como nuestra Constitución
sobre este tema en el siglo XXI ´´llamado siglo de las tecnologías´´, haciendo una comparación
con países como México y España los cuales si tienen una ley que proteja al pueblo en ese
sentido, esperando que sirva como antecedente para futuras ampliaciones en nuestros textos
jurídicos (Ley 72, 2022).
Todo lo expresado anteriormente, lleva a la interrogante de: ¿Cómo se protegen los derechos de
identidad en las distintas plataformas digitales?
Por ello se plantea como objetivo de la investigación:
Fundamentar la ineficiencia jurídica existente en nuestro país al no haber una ley que proteja los
derechos de identidad en plataformas digitales.