Debate Jurídico Ecuador. ISSN 2600-5549/ Vol. 7 / Nro. 2 / mayo-agosto / Año. 2024 / pp. 158-169
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En primer orden, es necesario entender, desde el imaginario social, que la discapacidad se
muestra lógicamente en la menor funcionalidad del adulto mayor, convirtiéndolo con el paso
de los años en una persona cada vez menos independiente para la familia y la sociedad
(Alfonso, Manso & Licea, 2021 y García & Marroquín, 2020). Surge entonces la necesidad de
crear una dinámica en la que esta etapa de la vida del ser humano se ilumine de actividad,
seguridad y facilidades en la mayor medida posible. Como propuestas para ello se plantean:
- Aunar esfuerzos con nuevas iniciativas educativas que construyan una ética de la
responsabilidad compartida, de esta forma, se deben articular las universidades para construir
un tejido de valores comunes que acompañe al adulto mayor en la última etapa de su vida y
le permita vivir dignamente en su entorno (Bernal, Sánchez, Gil & Motta, 2023; Sánchez,
2022).
- Ejecutar una acción educativa fundada en la responsabilidad ética de las universidades
puede promover una sociedad del saber, que oriental conocimiento al desarrollo de
estrategias de inclusión social, comprensión común y equilibrio social al adulto mayor con
cualquier tipo de discapacidad. De este modo, el saber orienta la convivencia como régimen
propio de la vida de las sociedades. He ahí la importancia de impulsar una educación centrada
en el respeto, la prudencia, la justicia, la fortaleza y la templanza para la construcción de una
trama que permita la convivencia en la diversidad (González, 2019).
- Por otra parte, se coincide con la alternativa propuesta por la Convención sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad (CDPD), donde se cree firmemente en la titularidad de los
discapacitados de sus propias decisiones y, piensa que lo relevante es examinar la situación
de cada uno y a partir de ahí, otorgarle el grado de apoyo que necesite. Además, en caso de
necesitar un apoyo total, sigue reivindicando que se posibilite ejercer a la persona con
discapacidad su capacidad jurídica en la medida de lo factible y teniendo en cuenta sus
deseos (Jarufe, 2022). Quiere que el discapacitado viva de la manera más plena posible
ejercitando sus derechos como el resto de la sociedad. La CDPD no tiene en cuenta en ningún
momento tal enfermedad y sus consecuencias, sino que desde la base de que todas las
personas son iguales ante la ley, intenta restar las posibles carencias que este individuo pueda
tener, proporcionándole la ayuda necesaria. Esta propuesta se encuentra fundamentada en
que la CDPD tiene como base una visión más positiva de las capacidades de estos individuos
(García, 2021). La cuestión sería el establecimiento de un punto de vista más neutro, en el
que no se partiera de la inferioridad en derechos del individuo, pero tampoco de una visión
tan positiva que pudiera llegar a la desprotección, ¿es posible?
- El fenómeno de la discapacidad se interpreta desde diferentes perspectivas, las teorías en
relación a su análisis lo plantean desde aristas médicas, sociales o bio-psico-social. Entre las
diferentes teorías se considera la bio-psico-social, como lo hace también la Organización