Revista Debate Jurídico Ecuador. Revista Digital de Ciencias Jurídicas. UNIANDES
ISSN 2600-5549/ Vol. 8 / Nro. 3 / septiembre- diciembre / Año. 2025 / pp. 493 - 511
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ARTÍCULO DE REVISIÓN
ACCESO AL SEGURO DE DESEMPLEO EN ECUADOR: FUNDAMENTOS TEÓRICOS,
JURÍDICOS Y DERECHO COMPARADO
ACCESS TO UNEMPLOYMENT INSURANCE IN ECUADOR: THEORETICAL, LEGAL AND
COMPARATIVE LAW FOUNDATIONS
Onofre Martínez, Donovan Samuel
onofresamuel22@gmail.com;
Universidad Técnica de Ambato, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0007-9596-1144
Chacha Chacha, Elvia Vicenta
elvachacha2003@gmail.com;
Universidad Técnica de Ambato, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0006-4669-1590
Sánchez Cañar, Vivian Lizbeth
vivisanchez2002@gmail.com;
Universidad Técnica de Ambato, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0001-0464-0617
Moscoso Tapia, Kenya Camila
kcmt8485@gmail.com;
Universidad Técnica de Ambato, Ambato, Tungurahua, Ecuador
https://orcid.org/0009-0007-1411-5238
Recibido: 15/03/2025
Revisado: 17/03/2025
Aprobado: 04/08/2025
Publicado: 01/09/2025
https://doi.org/10.61154/dje.v8i3.4112
RESUMEN
El presente artículo se fundamentó en la interiorización del fenómeno del desempleo y el
análisis de herramientas para su mitigación recalcando en el Seguro de Desempleo. El
objetivo principal versó en identificar aspectos relevantes de esta problemática, incluyendo
Onofre Martínez; Chacha Chacha; Sánchez Cañar; Moscoso Tapia
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modalidades, causas propias y el acceso a dicho seguro. Metodológicamente, se adoptó un
enfoque descriptivo, métodos exegéticos y un análisis jurídico y documental, estableciendo
una integración coordinada de legislación vigente y nociones generales del Seguro de
Desempleo, alineados con la incorporación de derecho comparado entre Ecuador, Colombia
y Argentina. Los resultados demostraron que el Seguro de Desempleo constituye un
mecanismo de protección social; no obstante, su acceso se ha visto restringido por los
rigurosos requisitos establecidos por la legislación, afectando a trabajadores informales y
temporales. Además, se identificaron aciertos y desaciertos de la aplicación del Seguro de
Desempleo en Ecuador, lo que permitió establecer aspectos susceptibles de implementación
que faciliten su acceso.
DESCRIPTORES DE CONTENIDO: Desempleo; régimen jurídico; derecho comparado;
política laboral; problema social.
ABSTRACT
This article was based on the internalization of the phenomenon of unemployment and the
analysis of tools for its mitigation, emphasizing Unemployment Insurance. This article was
based on the internalization of the phenomenon of unemployment and the analysis of tools for
its mitigation, emphasizing Unemployment Insurance. Methodologically, a descriptive
approach, exegetical methods and a legal-historical and documentary analysis were adopted,
establishing a coordinated integration of current legislation and general notions of
Unemployment Insurance, aligned with the incorporation of comparative law between Ecuador,
Colombia and Argentina. The results showed that Unemployment Insurance constitutes a
social protection mechanism; however, their access has been restricted by the rigorous
requirements established by legislation, affecting informal and temporary workers. In addition,
successes and failures of the application of Unemployment Insurance in Ecuador were
identified, which made it possible to establish aspects susceptible to implementation that
facilitate its access.
CONTENT DESCRIPTORS: Unemployment; legal regime; comparative law; labor policy;
social problem.
INTRODUCCIÓN
El desempleo, definido genéricamente como “un status de ocupación en el cual, personas
deseosas de trabajar no encuentran un empleo correspondiente” (Bustamante et al., 2020,
p.776), ha sido uno de los problemas más complejos de manejar en la esfera global. Pues no
solo afecta a un conjunto de derechos sustanciales para la dignidad humana como el derecho
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al trabajo y la seguridad social, sino que, desde una óptica más extensa produce efectos
adversos en la esfera económica y social repercutiendo no solo al individuo sin empleo, sino
también a todas las personas dependientes de él.
Como afirma Vélez (2021) es una problemática creciente en una sociedad moderna que desde
una perspectiva globalizada aumenta el nivel de competitividad y reduce la masa laboral por
efectos de la sobrepoblación laboral y la tendencia de la implementación de mecanismos
tecnológicos y de inteligencia artificial, por sobre el capital humano. Por lo tanto, no es tema
emergente de fácil solución, ya que contempla una pluralidad de factores internos y externos
que tienden a su aumento más que a su reducción.
Según Ñopo y Peña (2021) los últimos años los sistemas de seguridad social han creado
distintos mecanismos de protección para combatir los eventos de desempleo como es el caso
de los fondos de ahorro personal o también conocido en el Ecuador como el Seguro de
Cesantía. Además, desde el ámbito laboral se instauraron medidas resarcitorias para el
trabajador cuando es despedido unilateralmente o sin causa justa, para no dejarlo en una
situación de vulnerabilidad económica (Rodríguez, 2020).
En esta línea, Rodríguez (2024) sostiene que el seguro de desempleo ha sido uno de los
mecanismos más importantes en la materia, ya que protege al trabajador quien ha sido
despedido, mediante el pago de rubros económicos mensualizados, siempre que se cumplan
con los requisitos taxativos que el ordenamiento jurídico prescribe para su acceso.
Permitiendo con esto que la persona que no ha podido acceder a un nuevo empleo dentro de
un lapso de un tiempo definido, pueda resguardarse de las diversas desavenencias
económicas haciendo uso de estos rubros que la institución del seguro social le otorga para
mantener su estabilidad financiera (Villamar & Romero, 2024).
En Ecuador según Pillajo (2014) el seguro de desempleo se ha convertido en parte sustancial
para mitigar los efectos adversos de la situación apremiante que vive el país y la tasa cada
vez más amplia de desempleo. Sin embargo, los inconvenientes en su acceso y cobro
imposibilitan que sea vista como una herramienta efectiva que permita mitigar las dificultades
del desempleo.
En consideración de la magnitud y aristas del tema propuesto, el presente trabajo tiene por
objetivo estudiar al seguro de desempleo en la legislación ecuatoriana mediante el análisis de
sus fundamentos, características, requisitos, exclusiones y puntos comparativos con
Argentina y Colombia. Para el efecto se utilizará normativa jurídica vigente y fuentes
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bibliográficas nacionales e internacionales con la finalidad de identificar cómo funciona esta
herramienta tanto desde el ámbito teórico como práctico.
MÉTODOS
Este estudio adoptó un enfoque descriptivo, empleando métodos de investigación exegético,
análisis documental, histórico y jurídico. Se realizó una investigación metódica y completa de
la documentación destacada en las distintas bibliotecas especializadas, fuentes legales y
repositorios institucionales encontrados en las bases de datos y las fuentes académicas-
científicas que incluyen investigaciones sobre la conceptualización, las categorías y las
causas del desempleo. Derivando en la aplicación del análisis cualitativo para identificar
contradicciones o problemáticas dentro del marco jurídico, documentos oficiales y doctrina
específica. Junto con esto, se realizó una interpretación crítica de la normativa ecuatoriana
vigente con el objetivo de determinar su aplicación dentro del contexto del acceso al seguro
de desempleo. Finalmente, se desarrolló el derecho comparado buscando tomar en cuenta
los distintos aspectos a mejorar tanto en la normativa ecuatoriana como en su aplicación en
los distintos ámbitos laborales.
RESULTADOS
El Fenómeno del Desempleo
Una de las conceptualizaciones más usuales sobre el desempleo propone que es un estatus
en el que una persona que está dispuesta y capaz de trabajar no puede encontrar un empleo
aun cuando cuente con el tiempo y el espacio disponible (Sumba, Rodríguez & Tumbaco,
2020).
El desempleo puede ser causado por una variedad de factores, como cambios en la
economía, cambios en la demanda de ciertos tipos de trabajo, cambios en la tecnología o en
la estructura de la industria, entre otros (Muñoz & Garzozi, 2023, pág. 379).
Existe distintos tipos de categorías de desempleo detallados que se dividen de la siguiente
manera;
Desempleo Coyuntural: Es la fluctuación del ciclo económico en torno al transcurso de la
historia tanto nacional como internacional que se ha caracterizado por el ritmo de tasas altas,
bajas, positivas o negativas de la actividad económica y consecuentemente la generación de
empleo. El ciclo económico se divide en cuatro fases: crisis, depresión, recuperación y
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prosperidad, aunque también se les denomina como fases de recesión o expansión
(Bustamante, Ruiz, Suarez & Santiana, 2020).
Desempleo estructural: Se produce a raíz de que las personas no pueden acceder a las
distintas ofertas de empleos existentes simplemente porque no están capacitadas o su perfil
laboral no se relaciona con las condiciones solicitadas para su acceso al puesto de trabajo.
Por tanto, se desarrollan brechas para el acceso a las plazas de empleo por situaciones de
desequilibrio en las capacidades, habilidades y las necesidades del mercado laboral que
requieren para las actividades de producción (Zavala et al., 2021).
El desempleo estructural se subdivide en los siguientes tipos de desempleo:
Desempleo friccional: Se produce cuando las personas por primera vez intentan incursionar
en el campo laboral o ascender de puesto de trabajo y no son aceptadas solamente porque
no cuentan con suficiente capacidad, experiencia laboral, requisitos o condiciones exigidas
para poder acceder al puesto de trabajo, aun cuando existe alta oferta de plazas de empleos
(Ruiz, Suarez & Santiana, 2020).
Desempleo tecnológico: Es producido por la inclusión de los sistemas digitalizados y
tecnológicos en las distintas plazas de empleo causando problemas indirectamente a las
personas que intentan acceder a los distintos ámbitos laborales. Se puede ocasionar aun
cuando la oferta de plazas de trabajos sea alta, pues surge disminución en la contratación de
nuevos empleados al ser reemplazados por la tecnología (Gagliardi, 2022).
Motivos y Causas Determinantes del Desempleo en el Ecuador
En Ecuador el desempleo es un problema social en ascenso que se evidencia por la falta de
las plazas o fuentes de trabajo en la mayoría de los ámbitos económicos y de producción. Las
causas del desempleo son las siguientes: En primer lugar, las políticas gubernamentales
emitidas con cualificaciones de margen, en segundo lugar, la existencia de una legislación
sobre el salario mínimo, en tercer lugar, la existencia del poder de mercado de los sindicatos
y, por último, la teoría de salarios de eficiencia que hace referencia al pago de sueldos
superiores en caso de que una empresa sea rentable (Quijije, 2021).
En la actualidad se ha optado por la aplicación de sistemas digitalizados que se utilizan por
los bajos costos y mejor rendimiento, produciendo repercusión y disminución en los ingresos
económicos para las personas derivando en el cambio de sus estilos de vida y en las formas
de vivir. En este sentido, Pinos (2025) establece que como consecuencia de la pérdida de una
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fuente de ingreso o la imposibilidad de poder ingresar a un empleo remunerado produce
estragos generando síntomas de malestar emocional, como la ansiedad, depresión, tristeza,
nerviosismo, desesperanza e intranquilidad, reflejando un grado de afectación psicológica que
da lugar a la afectación de aspectos como la autoestima, autocontrol y capacidad de
afrontamiento.
La sociedad de común acuerdo establece que el desempleo no solo genera problemas sino
también pérdidas. Según Bustamante, Ruiz, Suarez, & Santiana (2020) los principales costos
del desempleo son las siguientes:
Pérdidas de producción e ingreso económico que afecta directamente a los
trabajadores y sus familias; La pérdida del capital humano que se desemboca en la
repercusión de los ámbitos económicos y sociales de las personas que pierdan su
fuente de trabajo. Teniendo como consecuencia los elevados costos de la canasta
básica y al poder cubrir su manutención dará como respuesta la pobreza, inmigración,
violencia intrafamiliar y el desarrollo a gran escala de negocios informales.
Modalidades de Protección Frente al Desempleo
Las contingencias producidas a raíz del desempleo dan lugar a las diferentes modalidades de
protección. Partiendo de eso “se divide en cuatro modalidades de protección: indemnizaciones
por despido, cuentas de ahorro individual por desempleo, seguros de desempleo y asistencia
en el desempleo” (Toledo, 2016, pág. 24).
La indemnización por despido definido genéricamente “Es un instrumento que brinda
protección previa a los sistemas de aseguramiento, que recae en una suma de dinero que
debe ser entregada al trabajador. En esto únicamente son partícipes el trabajador y el ex-
empleador” (Velásquez, 2021, pág. 16). Por tanto, es un mecanismo de protección a los
trabajadores por ley, que sin motivo justo fueron despedidos de su empleo, derivando en la
responsabilidad del empleador al pago de una cierta suma económica por ejecutar esto y no
se relaciona con los sistemas de protección social.
La segunda modalidad es la cuenta de ahorros individual definida por Toledo (2016) como “un
ahorro programado y periódico de una suma de dinero que acumula un rendimiento. Este
dinero se suele entregar en un solo pago al momento del cese del trabajo” (pág. 24). Con este
contexto, son los ahorros propios efectuados durante toda la relación laboral vigente y una
vez cesada pagada. Sin embargo, presenta una desigualdad de beneficios dado que los que
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tienen menor ingreso son susceptibles de recibir un monto menor generando desventaja al
momento de intentar acceder o postular a un nuevo puesto laboral.
Prosiguiendo con el marco de las modalidades de protección se incluye tal como lo expresa
Toledo (2016) la asistencia del desempleo un programa de protección no contributivo, es
decir, no es necesario algún tipo de aporte económico, condiciones o requisitos para acceder
a este beneficio. Este tipo de programas es financiado con recursos fiscales permitiendo
beneficiar a las personas en situaciones de vulnerabilidad y pobreza. Aunque pueden formar
parte de las modalidades de seguros de desempleo y de cuentas individuales para
complementar beneficios.
Finalmente, Pazmiño (2023) dispone al seguro de desempleo como un mecanismo de
beneficio económico que permite que la persona que haya perdido un trabajo tenga suficientes
recursos para sobrevivir, hasta que ingrese a otro puesto de trabajo. Esta prestación es
financiada por los aportes de los empleadores y los trabajadores, aunque algunas veces
interviene el Estado. Sin embargo, para acceder a este beneficio los trabajadores deben
cumplir ciertos requisitos y procedimientos establecidos en la normativa jurídica que va
variando en cada país.
Fundamentos del Seguro de Desempleo en Ecuador
El Seguro de Desempleo en Ecuador está regulado por la Ley de Seguridad Social,
Reglamento General del Seguro de Cesantía y Seguro de Desempleo y además de las
disposiciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). En estos cuerpos legales
se establecen los requisitos, procedimientos y exclusiones necesarios para que los
trabajadores puedan acceder al beneficio, cuyo objetivo es brindar una protección económica
en caso del denominado desempleo involuntario, en sintonía con los principios de seguridad
social de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (Delgado, 2020).
El seguro de desempleo en Ecuador es una prestación clave para los trabajadores que pierden
su empleo de manera involuntaria. El Reglamento General del Seguro de Cesantía y Seguro
de Desempleo en su artículo 12 define este seguro como una prestación económica destinada
a los afiliados que pierden su empleo bajo relación de dependencia por causas ajenas a su
voluntad. Este beneficio se fundamenta en principios de obligatoriedad, suficiencia,
integración, solidaridad y subsidiaridad, permitiendo a los afiliados acceder al seguro al
cumplir ciertos requisitos (Reglamento General del Seguro de Cesantía y Seguro de
Desempleo, 201, art. 12).
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Este seguro está constituido financieramente como un fondo solidario integrado
directamente por aportaciones del 1% de la remuneración mensual del trabajador, misma que
proviene del Empleador por la existencia de la relación de dependencia. Dicho fondo solidario
permite cubrir el 70 % del salario básico unificado vigente al momento de devenir a una
situación de desempleo; es menester recalcar que el aporte del 1% se efectuará de manera
continua y mensual mientras dure la relación laboral (Reglamento General del Seguro de
Cesantía y Seguro de Desempleo, 2017, art.13)
En cuanto al Régimen de aportaciones el art. 14 del Reglamento establece que la aportación
válida será considerada si está pendiente o ya fue cancelada. Pues, se busca evidenciar la
existencia de la relación laboral y la obligación patronal del aporte. Recalcando que el número
de días laborados en el mes no constituye un factor relevante para el cumplimiento de la
obligación del aporte (Reglamento General del Seguro de Cesantía y Seguro de Desempleo,
2017, art.14).
Dentro de este mismo contexto, no existe doble o múltiples aportaciones en un mismo periodo
mensual aun cuando el trabajador labore en múltiples centros de trabajo y cada uno de estos
realice el aporte del 1%. De igual manera no se suman múltiples aportaciones independientes,
a fin de evitar múltiples prestaciones del seguro de desempleo en un mismo trabajador y
establecer un solo pago mensual que comprenda no más del 70% del SBU vigente. En cuanto
a las personas jubiladas que retoman sus actividades laborales y afiliación al IESS; no estarán
obligadas a realizar el aporte. Dado que, en el momento de finalización de su actividad laboral,
ya feneció su derecho a ser beneficiario del Seguro de Desempleo y en consecuencia ya no
se encuentra expuesto a la contingencia del Desempleo por lo que no podrá acceder al mismo
(Reglamento General del Seguro de Cesantía y Seguro de Desempleo, 2017, art.14).
La OIT, por su parte, establece estándares internacionales para asegurar la protección contra
el desempleo y fomentar un mercado laboral inclusivo. El Convenio sobre la Seguridad Social
(norma mínima), núm. 102, promueve una cobertura universal que garantiza un nivel mínimo
de beneficios y una duración adecuada de las prestaciones (OIT, 2021). El Convenio núm.
168 de la OIT refuerza esta perspectiva al proponer una vinculación entre la seguridad social
y las políticas de empleo, facilitando la reincorporación laboral mediante empleos decentes y
promoviendo el pleno empleo. La Recomendación núm. 176, además, insta a considerar
factores como la edad, experiencia profesional y estado del mercado laboral al evaluar la
idoneidad del empleo para solicitantes, así como a extender la cobertura a trabajadores en
condiciones laborales precarias, integrando un enfoque de equidad en el sistema de seguridad
social.
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Requisitos para Acceder al Seguro de Desempleo
Para acceder al seguro de desempleo en Ecuador, los trabajadores deben cumplir con
requisitos específicos que determinan su elegibilidad, definidos en un sistema contributivo
gestionado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Uno de los requisitos
principales es haber realizado al menos veinticuatro aportaciones al IESS, de las cuales seis
deben ser consecutivas e inmediatamente anteriores a la fecha de desvinculación laboral
(Jiménez y Armas, 2021). Según Robles y Pinto (2023), esta medida busca mantener la
sostenibilidad financiera del seguro, permitiendo el acceso únicamente a trabajadores con una
relación estable en el sistema formal, y promoviendo así una corresponsabilidad en el
financiamiento de estos beneficios.
Este enfoque se encuentra alineado con los principios rectores del Seguro General Obligatorio
establecidos en la Ley de Seguridad Social, en donde se incluye la obligatoriedad, solidaridad
y universalidad (Ley de Seguridad Social, 2024, art. 1). En concordancia con el Reglamento
General Del Seguro De Cesantía Y Seguro De Desempleo, el cual hace énfasis en el Seguro
de desempleo, pero que retoma algunos de estos principios y los aplica al funcionamiento del
fondo solidario destinado a cubrir esta prestación. En ese sentido, estos principios son
fundamentales ya que aseguran que el sistema funcione bajo criterios de equidad y eficiencia,
permitiendo que la protección social sea suficiente y oportuna para quienes se encuentran
bajo la dependencia de este régimen.
Sin embargo, estos requisitos no están exentos de cuestionamientos gracias a limitaciones
normativas que “restringen el acceso al seguro y protegen únicamente a los afiliados al IESS
que pierden su empleo bajo relación de dependencia por causas ajenas a su voluntad siempre
(...) y cuando cumplan con ciertos requisitos” (Reglamento General Del Seguro De Cesantía
Y Seguro De Desempleo, 2017, art. 12). Como lo señala Guerrero y Serrano (2022), se
excluye a una gran parte de la fuerza laboral, incluyendo trabajadores informales,
independientes y aquellos con contratos temporales o estacionales, quienes en general no
cumplen con las condiciones de acceso a esta cobertura. Este hecho es crítico, dado que más
de la mitad de los trabajadores en Ecuador pertenece al sector informal, lo cual restringe su
acceso a beneficios como el seguro de desempleo, afectando tanto su seguridad económica
como el desarrollo de la economía nacional.
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En tal sentido, el Reglamento General Del Seguro De Cesantía Y Seguro De Desempleo y
sus reformas recientes establecen las condiciones y limitaciones del seguro de desempleo en
Ecuador, incluyendo:
a.- Acreditar al menos 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en
relación de dependencia de las cuales al menos 6 deberán ser continuas e
inmediatamente anteriores a la contingencia; b.- Encontrarse en situación de
desempleo por un período no menor a 60 días; y, c.- Realizar la solicitud para
el pago de la prestación a partir del día 61 de encontrarse desempleado y hasta
en un plazo máximo de 45 días posteriores al plazo establecido en este literal.
(2017, art. 15)
Siguiendo esta línea y, como ha sido señalado por diversos autores, las condiciones de
acceso al seguro de desempleo siguen siendo restrictivas, limitando su impacto como
herramienta real de protección social. Por esta razón, Paredes (2023) propone una reforma
que promueva mayor inclusión y adapte el seguro de desempleo a la realidad cambiante del
mercado ecuatoriano.
Ante esta situación, algunos autores proponen adoptar un enfoque dual en el sistema de
seguro de desempleo, en donde el marco jurídico incluya tanto los mecanismos de protección
para los trabajadores formales como para los informales. Estrada (2022) manifiesta que se
debería incluir programas de capacitación y subsidios temporales como parte de una
estrategia integral que amplíe el acceso al seguro y mejore la empleabilidad de los
trabajadores. Con esto, se busca desarrollar una red de seguridad social más inclusiva que
reconozca a aquellos trabajadores que, aun cuando no cumplan con los requisitos de
aportación, hayan formado parte del desarrollo económico del país. En este sentido, las
políticas que fomentan la formalización laboral, como beneficios fiscales o incentivos para
quienes regularicen a sus empleados, tiene la finalidad de aumentar la cobertura de seguridad
social. Según Cevallos y Almeida (2023), estas políticas “podrían reducir la vulnerabilidad de
una porción significativa de la población ante el desempleo, promoviendo un sistema de
protección social más inclusivo y eficiente” (pág. 487).
Procedimiento para Acceder al Seguro de Desempleo
El procedimiento para acceder al seguro de desempleo en Ecuador exige que los trabajadores
cumplan varios requisitos y documenten su situación. Primero, deben presentar una solicitud
ante el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), acompañada de un acta que
certifique que la desvinculación laboral no fue voluntaria, junto a certificados de contribuciones
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al sistema en donde consten al menos “24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en
relación de dependencia de los cuales al menos 6 deberán ser continuas e inmediatamente
anteriores a la contingencia” (Reglamento General Del Seguro De Cesantía Y Seguro De
Desempleo, 2017, art. 15).
En cuanto se cumpla este requisito, “la solicitud se la realizará a partir del día 61 de
encontrarse desempleado y hasta en un plazo máximo de 45 días posteriores al plazo
establecido en este literal” (Reglamento General Del Seguro De Cesantía Y Seguro De
Desempleo, 2017, art. 15). Asimismo, el Reglamento General Del Seguro De Cesantía Y
Seguro De Desempleo determina que el proceso de solicitud a cumplir se realizará a través
de la página web del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), en donde el beneficiario
podrá escoger entre:
a.- Retirar los fondos de cesantía acumulados y disponibles en su cuenta
individual; o, b.- Acogerse al Seguro de Desempleo y Cesantía, manifestando
su voluntad entre: b.1.- Recibir el valor correspondiente al fondo solidario más
el monto disponible en la cuenta individual de cesantía en la forma establecida
por la ley; o, b.2.- Recibir únicamente el porcentaje correspondiente al fondo
solidario (2017, art. 16).
En cuanto a la forma de pago, el beneficiario recibirá el primer pago “entre el día 91 y 120 de
suscitado el evento, y a partir de ello cada 30 días siempre que se mantengan las condiciones
para continuar recibiendo la prestación” (Reglamento General Del Seguro De Cesantía Y
Seguro De Desempleo, 2017, art. 17). Una vez cumplido con estos requisitos y seguido el
respectivo procedimiento para el acceso al seguro de desempleo, el beneficiario recibirá un
monto económico que será calculado en base al salario promedio de los últimos doce meses
del trabajador. En el primer mes el beneficiario recibe el 70% de su salario promedio, en el
segundo mes disminuye al 60% y luego al 50% en los 3 últimos meses (Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social, 2025).
Para terminar, el acceso a esta prestación culmina en cuanto el beneficiario retome una
actividad productiva, se haya cumplido el plazo máximo para acceder a esta prestación, por
la existencia de hechos fraudulentos o muerte del titular (Reglamento General Del Seguro De
Cesantía Y Seguro De Desempleo, 2017, art. 20). Este proceso tiene como objetivo “asegurar
que los fondos del seguro se destinan a quienes realmente enfrentan situaciones de
desempleo y han contribuido al sistema” (Córdova, 2022, pág. 125). Según Ruiz y Beltrán
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(2021), este esquema, busca ofrecer un respaldo inicial robusto y reducir los pagos
gradualmente para incentivar la reincorporación al mercado laboral.
Exclusiones del Seguro de Desempleo
El seguro de desempleo en Ecuador excluye a ciertos grupos de trabajadores, limitando la
cobertura del sistema. En particular, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (2025)
detalla la exclusión de los afiliados que han renunciado voluntariamente, jubilados, aquellos
que sean afiliados sin relación de dependencia o que se encuentren afiliados al seguro
campesino y a las afiliadas al trabajo no remunerado del hogar. Asimismo, no pueden acceder
al beneficio aquellos cuya desvinculación laboral haya sido voluntaria, quienes fueron
despedidos con causa justificada, o aquellos que terminaron contratos de duración
determinada (Ríos, 2021).
Otra exclusión que se encuentra de forma implícita es la de los trabajadores informales,
quienes, al no encontrarse afiliados a la seguridad social, no pueden acceder a este
mecanismo cuando dejen de percibir ingresos. Esta situación repercute en la economía
nacional al limitar su capacidad de satisfacer las necesidades de consumo, lo que reduce el
crecimiento económico del país. Almeida (2022) indica que “la inclusión de estos trabajadores
en el sistema de seguridad social contribuiría a una mayor estabilidad económica y la
reducción de la desigualdad” (pág. 12).
Para concluir, si bien estas exclusiones buscan controlar el gasto público y asegurar que el
seguro de desempleo se otorgue solo en casos de desempleo involuntario, generan
importantes consecuencias sociales. Tello (2022) advierte que estas restricciones pueden
significar un ahorro a corto plazo, pero incrementan la vulnerabilidad económica de muchos
trabajadores en el largo plazo. “En un mercado laboral caracterizado por la informalidad y la
temporalidad, estas exclusiones limitan la efectividad del seguro y perpetúan la precariedad
laboral” (Córdoba, 2021, pág. 15).
DISCUSIÓN
El seguro de desempleo es un componente importante en los sistemas de protección social
de muchos países, y cada nación ha adaptado esta política a sus contextos económicos y
laborales (Andrade Salazar, Valverde Torres, & Eras Navarrete, 2024).
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Desde un enfoque de análisis comparativo de Ecuador con Colombia y Argentina se
evidencian distintos aspectos en la accesibilidad, cobertura y particularidades en cuanto a su
efectividad, campo laboral y aplicabilidad dentro de su ámbito territorial. Los resultados de
esta comparación nos brindan una visión más amplia de aspectos a mejorar para responder
al desempleo ecuatoriano.
El sistema del seguro de desempleo aplicado en Argentina sobresale por su alcance y
mecanismos de ajuste cíclico, mismos que se adecúan al panorama económico y social de
sus beneficiarios. Dentro de este contexto, el cálculo se realiza teniendo en cuenta la inflación
anual y tomando como punto de referencia el salario promedio de un trabajador; de esta
manera se determina periódicamente un monto mínimo y máximo que facilite un cálculo
enfocado en la inestabilidad económica. Según López (2022) esta adecuación constante se
sustenta en la nueva realidad económica y laboral, asegurando al argentino desempleado un
soporte con el que podrá subsistir y tener una vida digna.
Por otro lado, en Ecuador, el beneficio se calcula en función de un porcentaje decreciente del
salario promedio de los últimos meses, comenzando con un 70% y reduciéndose
gradualmente en los meses siguientes. Este modelo tiene el propósito de incentivar la
reincorporación laboral del beneficiario, pero puede resultar insuficiente en un contexto donde
la oferta laboral es limitada. En un estudio, Solano y Hernández (2023) observan que, mientras
el sistema argentino asegura estabilidad económica a corto plazo, el modelo ecuatoriano no
ofrece la misma capacidad de apoyo en situaciones de desempleo prolongado, afectando
negativamente a quienes no logran encontrar empleo rápidamente.
Adicionalmente, el sistema argentino extiende su cobertura a trabajadores que han estado
empleados por al menos seis meses continuos, lo que facilita el acceso a un grupo más amplio
de personas. En Ecuador, los requisitos de acceso son más estrictos, exigiendo veinticuatro
meses de aportación, de los cuales seis deben ser inmediatamente anteriores a la
desvinculación. Esta política deja fuera a un número significativo de trabajadores,
especialmente aquellos en empleos temporales o informales, lo que se ha convertido en una
desventaja para muchos ciudadanos ecuatorianos. “Una reducción en los requisitos de
aportación en Ecuador podría ayudar a expandir el acceso, tomando como referencia el
modelo argentino” (Guerra, 2023, pág. 12).
El sistema de seguro de desempleo en Argentina, según Villamar y Romero (2024) consta de
una base sólida establecida en el marco jurídico. Pues la Ley de Protección al Desempleo
busca generar mecanismos de protección mediante la coordinación del cumplimiento de las
Onofre Martínez; Chacha Chacha; Sánchez Cañar; Moscoso Tapia
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obligaciones del Estado y el desarrollo de los derechos de los trabajadores. En contraste, el
sistema ecuatoriano norma al seguro de desempleo mediante la Ley de Seguridad Social y el
Reglamento General del Seguro de Cesantía y Seguro de Desempleo; si bien se encuentra
reconocido dentro del marco normativo, su ejecución no ha sido completamente posible
debido a restricciones presupuestarias y a la ausencia de mecanismos aplicables.
En lo concerniente a la fórmula de cálculo Martínez (2020) sugiere que el sistema argentino
ha optado por incluir factores como el contexto económico o el tiempo de trabajo, de manera
que no se limite únicamente al salario promedio. Este mecanismo ha permitido tener mayor
flexibilidad en cuanto a las fluctuaciones económicas del país. Por otro lado el sistema
ecuatoriano ha optado en enfocarse únicamente en el salario básico unificado y en aplicar un
modelo de pago decreciente, limitando de algún modo el respaldo a personas con desempleo
prolongado.
El sistema de desempleo aplicado en Colombia tiene un enfoque centrado en la inclusión y
adaptación de la realidad económica del país en especial de aquellas personas de bajos
ingresos. Bajo esta perspectiva se busca garantizar el acceso a este beneficio a las personas
de mayor vulnerabilidad económica mediante la implementación de políticas de diferenciación.
Diaz (2022) recalca que aquellos trabajadores que se encuentran afiliados a partir de un año
a la seguridad social son susceptibles de acceder a este beneficio. Además, este sistema ha
incluido mecanismos de asistencias complementarias como capacitaciones y subsidios
alimentarios con el objetivo de lograr el reintegro laboral de estas personas.
Por el contrario, en Ecuador no existen programas complementarios o de capacitación que
refuercen al seguro de desempleo. Según Muñoz (2022) este sistema no busca el reintegro
de la persona al ámbito laboral, sino que únicamente se limita a la asignación del beneficio
económico sin comprobar la condición laboral o la posibilidad de poder acceder a un puesto
de trabajo. Bajo esta perspectiva el sistema colombiano busca responder a la desigualdad
desde un enfoque de reinserción laboral mismo que resulta más efectivo que el sistema
ecuatoriano. Por lo tanto, se puede afirmar que la implementación de este enfoque dentro del
seguro de desempleo ecuatoriano podría generar beneficios para muchas de las personas sin
empleo.
Otro aspecto relevante es el financiamiento del seguro de desempleo. En Colombia, se
emplea un modelo de financiamiento mixto, que combina recursos del Estado y del sector
privado. Esta estrategia permite una mayor flexibilidad en la entrega de beneficios y reducir la
carga financiera sobre el presupuesto estatal. En Ecuador, el financiamiento depende
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principalmente de las contribuciones de los trabajadores y empleados al Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social (IESS), lo que limita la capacidad del sistema para responder de manera
efectiva a situaciones de desempleo durante la crisis económica. Como señala Solís (2021),
“el modelo colombiano podría servir de referencia para Ecuador en cuanto a diversificación
de fuentes de financiamiento y flexibilidad en los esquemas de entrega de beneficios,
contribuyendo a la sostenibilidad del sistema en momentos de alta demanda” (pág. 12).
CONCLUSIONES
De lo analizado, se corrobora que el seguro de desempleo es una herramienta vital para la
protección de las personas que han perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad.
Debido a que, permite resguardar económicamente al individuo durante un plazo determinado
de tiempo con la finalidad de que pueda volver a tener empleo. Evitando con esto dejarlo en
una posición de vulnerabilidad que lo afecte no solo a nivel individual, sino también a nivel
grupal, pues detrás de esa persona desempleada hay una familia y demás personas que
dependen económicamente de él.
Además, se identificó que dentro de la normativa ecuatoriana específicamente el Reglamento
General del Seguro de Cesantía y Seguro de Desempleo existen varios requisitos y
parámetros que en su mayoría impiden el acceso pleno de todas las personas que han perdido
su empleo de manera involuntaria. En esta línea conviene resaltar que, si bien han existido
progresos significativos para flexibilizar los requisitos y lineamientos para su goce, aún existen
aspectos que deben adecuarse con un enfoque más garantista.
Finalmente, se considera que es fundamental llevar a cabo reformas que permitan mejorar las
condiciones y requisitos para el acceso y goce del seguro de desempleo, para lo cual se
podrían incorporar los enfoques normativos aplicados en Colombia o Argentina. Por tanto,
dentro de esta inclusión se debería tomar en cuenta la perspectiva de la económica cambiante
y la adición de programas complementarios como capacitaciones o subsidios temporales con
el fin de ayudar a lograr una mayor estabilidad a personas desempleadas, así como su
capacitación para acceder a nuevos puestos de trabajo y poder hacer uso de esta prestación.
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