Debate Jurídico Ecuador. ISSN 2600-5549/ Vol. 9 / Nro. 1 / enero- abril / Año. 2026 / pp. 97-112
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que históricamente han caracterizado las relaciones de género se han reconfigurado, dando
lugar a nuevas formas de agresión que se ejecutan a través de plataformas digitales. Este
fenómeno no solo afecta la integridad física y emocional de las víctimas, sino que también
socava los principios fundamentales de igualdad y respeto, pilares sobre los cuales se
fundamenta el Estado de Derecho.
Con el surgimiento de Internet y las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones
(en lo adelante TIC), la virtualidad, en tanto dimensión articuladora de la vida social y la
realidad, comenzó a permear nuestra vida social, personal y colectiva, y por consecuencia
nuestras prácticas. En dicho contexto, el espacio virtual se convirtió en muchas ocasiones en
un lugar donde las personas quedan expuestas a agresiones, reproduciendo las cuestiones
que se visualizan en el espacio presencial.
Durante la pandemia por Covid-19, donde el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio
produjo que muchas actividades cotidianas se trasladen al plano virtual quedó expuesta,
descarnadamente, la existencia de otra pandemia (UFECI, 2021), la violencia de género,
aunque más silenciosa e invisibilizada. Pero ¿qué es la violencia de género?
La violencia de género es un tipo de violencia física, psicológica, sexual, institucional,
simbólica y estructural ejercida contra cualquier persona o grupo de personas sobre la base
de su orientación sexual, identidad de género, sexo o género, que impacta de manera negativa
en su identidad y bienestar social, físico, psicológico o económico. De acuerdo con la
Organización de las Naciones Unidas, 2003 el término se utiliza “para distinguir la violencia
común de aquella que se dirige a individuos o grupos sobre la base de su género” y constituye
una violación de los derechos humanos (Human Rights Watch, 2008). Incluye la violencia y
discriminación contra la mujer y las personas LGTBIQ+, así como el sexismo, la misandria, la
misoginia, la homofobia y la transfobia.
Ahora bien, sería de interés distinguir claramente entre esta institución jurídica general y su
subcategoría, que será realmente el eje central de la presente investigación: la violencia de
género digital.
Así es que, la violencia de género digital es aquella que se produce, como su nombre indica,
por medios digitales y/o tecnológicos e implica la difusión o publicación de mensajes, fotos o
contenidos que atenten contra la integridad de la persona por razones de género. Por lo que
la violencia es la misma, lo que cambia es el soporte a través de la que se ejerce. Dichas
conductas son una reproducción, aunque con particularidades propias, de lo que sucede en
el mundo analógico; y se vieron profundizadas con el incremento de la conectividad al que
obligó la pandemia (De Juana & Luján, 2024).
Esta nueva forma de violencia no solo tiene consecuencias psicológicas y emocionales para
las víctimas, sino que también perpetúa la desigualdad de género en el ámbito digital. Según