Garantías convencionales y derecho disciplinario
DOI:
https://doi.org/10.61154/dje.v9i2.4382Palabras clave:
Garantías; garantías convencionales; derecho sancionador; derecho disciplinario; Convención Americana de Derechos Humanos.Resumen
En este artículo se realiza un estudio de la compatibilidad entre la Convención Americana de Derechos Humanos y el derecho disciplinario colombiano y ecuatoriano. De esa forma, las garantías convencionales previstas en el instrumento internacional referido, ineludiblemente deben ser aplicadas en el derecho disciplinario colombiano y ecuatoriano, entre ellas: i) el derecho que tiene toda persona a ser juzgada por un juez competente, imparcial y autónomo, ii) el derecho que tiene toda persona a una comunicación previa y detallada al inculpado de la acusación formulada y iii) el derecho que tiene toda persona a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior. De lo anterior resulta importante destacar la relevancia de que: i) las facultades de instrucción y juzgamiento disciplinario no estén concentradas en un mismo funcionario, ii) al momento de vincularse al disciplinado, bien sea a través de un auto de apertura de investigación disciplinaria -para Colombia- o un auto de llamamiento a sumario administrativo -para Ecuador-, es indispensable que los hechos cuenten con circunstancias de tiempo, modo y lugar para garantizar el ejercicio del derecho de defensa, y iii) la doble conformidad judicial, garantía para el servidor público sancionado, debe garantizarse en la normatividad disciplinaria para que así tenga la posibilidad de que la decisión que lo sancionó sea revisada en su integridad, esto es, en sus aspectos fácticos, jurídicos y probatorios.Descargas
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