El principio nemo tenetur se ipsum, su aplicación en materia penal en el Ecuador
Palabras clave:
Pasividad, Derecho a la defensa, Derecho al Silencio, No autoincriminación, Convencionalidad de las normas.Resumen
El principio nemo tenetur se ipsum, es un principio que ha sido desarrollado fuertemente por la doctrina penal, siendo escasa la tipificación como tal en un ordenamiento jurídico interno. Este principio está ligado al derecho a la defensa y este concomitantemente al derecho al silencio y al de no autoincriminación. Para establecer si este principio tiene aplicación en nuestro ordenamiento jurídico interno se realizó un análisis bibliográfico, tomando en cuenta que nuestro estado tiene la obligación de adecuar todo el sistema normativo interno a los tratados y convenios internacionales de derechos humanos que afirmado y ratificado. Recalcando que el principio nemo tenetur se ipsum es el denominado principio de pasividad es decir dicho principio debe ser aplicado por el investigado o procesado durante toda la fase pre procesal o proceso penal, siendo así que este no podrá hacer, no colaborar, no declarar, no probar, ni mover un dedo sin su consentimiento y la aplicación de este derecho no le conmina al juzgador a entenderlo en contrario sensu.Descargas
Citas
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