ARTÍCULO DE INVESTIGACIÓN
Laudato si. Corresponsabilidad de salud, como desarrollo y preservación de la vida, José Gregorio Hernández
Laudato si. Joint responsibility for health, as the development and preservation of life, José Gregorio Hernández
DOI: https://doi.org/10.61154/metanoia.v11i2.4027
Carlos Manuel Carreño Vélez1
Noemí del Carmen Navarro Villarroel2
1 E- mail: cmanuelcarvelez8@gmail.com Afiliación: Universidad Católica Andrés Bello. Caracas, Distrito Federal, Venezuela. ORCID: https://orcid.org/0009-0002-8902-3278
2 E-mail: ndcnv1@gmail.com Afiliación: Universidad Católica Andrés Bello. Caracas, Distrito Federal, Venezuela. ORCID: https://orcid.org/0009-0007-7362-5991
Recibido: 02/05/2025 Revisado: 12/05/2025
Aprobado: 22/06/2025 Publicado:01/07/2025
RESUMEN
El tema de la Salud en el mundo, desde la realidad del derecho ambiental es compleja, en virtud de todos los ámbitos que abarca. Se destaca como objetivo de la investigación analizar La Laudato Si, corresponsabilidad de salud, como desarrollo y preservación de la vida José Gregorio Hernández. Se desarrolló utilizando el análisis documental, como técnica de investigación en 27 artículos. Se diseñaron categorías documentales i) protección penal y jurídica del medio ambiente desde la preservación a la vida con la salud, ii) derechos a la salud, en todos los ámbitos como principio de vida, iii) preservación de la vida visión teleológica para el desarrollo, iv) visión universal de desarrollo en las futuras generaciones, v) derecho constitucional y eclesial. Desde la perspectiva de los derechos de la naturaleza y las realidades pandémicas, se pone de manifiesto la tensión entre el desarrollo económico y la sostenibilidad, subrayando la importancia de la vocación y entrega que realizó el Dr. José Gregorio Hernández, la categoría de derecho constitucional y eclesial, resalta como la debilidad institucional y la falta de transparencia obstaculizan la gobernanza sanitaria a diferencia de la misión constante frecuente y permanente del médico de los pobres.
Descriptores: salud, medio ambiente, derecho constitucional, eclesiástico.
ABSTRACT
The topic of global health, viewed through the lens of environmental law, is intricate due to its broad scope. This research aims to analyze the principles laid out in *Laudato Si'*, focusing on co-responsibility for health as both a development and a preservation of life, with particular emphasis on the contributions of José Gregorio Hernández. The study employs documentary analysis as its research method, examining 27 articles. The analysis is organized into several categories: i) the criminal and legal protection of the environment in relation to health and the preservation of life; ii) the rights to health across all dimensions as a fundamental principle of life; iii) the preservation of life as a purpose-driven approach to development; iv) a universal perspective on development for the benefit of future generations; and v) an exploration of constitutional and ecclesiastical law. Within the context of nature's rights and the realities of pandemics, the conflict between economic development and sustainability becomes clear, highlighting the vital role and dedication of Dr. José Gregorio Hernández. The category examining constitutional and ecclesiastical law reveals how institutional weaknesses and a lack of transparency obstruct effective health governance, contrasting sharply with the persistent mission of the doctor dedicated to serving the less fortunate.
Descriptors: health, environment, constitutional law, ecclesiastical law.
INTRODUCCIÓN
La contaminación es la respuesta al desorden de conciencia en la pertenencia del ambiente, donde las personas sin cultura del buen trato se olvidan que todos son cuidadores de los recursos naturales, hasta el punto de descartar la renovación y los elementos que facilitan el cuidado de la casa común, expresa Francisco, F. (2015), 1°: “La Casa Común es también como una hermana, con la cual compartimos la existencia, y como una madre bella que nos acoge entre sus brazos” (p.1). El Papa Francisco explica que la tierra es creada por Dios, como lugar de permanencia humana, al mismo nivel de amor y relación para con el hombre, para que todo ser viviente humano, nazca, crezca, se reproduzca y muera, hasta trascender en el Reinado de Dios. Francisco, F. (2015): “Alabado seas, mi Señor, por la hermana nuestra madre tierra, la cual nos sustenta, gobierna y produce diversos frutos con coloridas flores y hierba” (p.1). Es reconocer que todos son responsables en la protección del entorno ambiental, las acciones de hábitat permitidas sin abuso en contra de la Pachamama, puede garantizar la preservación libre en respeto de la creación en la casa común, compartiendo el Reino de Dios y su justicia.
La contaminación definida por los investigadores Moretti y Valiente (2023) es la presencia de sustancias nocivas en la atmósfera en concentraciones que pueden causar daños a la salud de las personas o diferentes ecosistemas. Numerosos estudios y revisiones sistemáticas han enumerado la contaminación del aire como una de las principales causas de morbilidad y mortalidad. Cuando se habla de sustancias químicas determinadas con elementos y sujetos científicos, técnicos, existe la aplicación de la perspectiva penal, Antúnez y Guanoquiza (2019) destacan que la legislación ecuatoriana en materia de protección ambiental presenta vacíos normativos y operativos que dificultan la persecución efectiva de los delitos ambientales.
Ciertamente la legislación venezolana, según expresa Chirino et al. (2016), daño ambiental es el accionar humano que afecta la calidad y cantidad de los componentes ambientales, generando contaminación; y el delito ambiental es todo comportamiento antijurídico, culpable y sancionable punitivamente que atenta contra los bienes ambientales. En Derecho Constitucional comparado, la Constitución de Ecuador 2008, identifica a la naturaleza como sujeto de derechos, su implementación en el ámbito penal ha sido limitada, lo que evidencia la necesidad de un cambio estructural en el marco normativo. Si bien el derecho adjetivo es claro sólo el sustantivo debe ser conforme a las realidades. La Constitución de la República de Venezuela (1999), expresa a los derechos ambientales como un derecho humano fundamental, en donde el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales son patrimonio común e irrenunciable de la humanidad, se manifiesta la corresponsabilidad, entre el Estado y los ciudadanos, de conservar y proteger el ambiente en beneficio de ésta y las futuras generaciones.
Este cambio debe orientarse hacia la consolidación de un sistema penal ambiental que no solo sancione las conductas lesivas, sino que también garantice la reparación integral de los daños causados, en línea con los principios de justicia restaurativa, es decir, que exista justicia, por medios una pena pecuniaria, como reposición de lo destruido, en los casos de medios de prevención, es parte de garantía o formas de seguridad ambiental expresa Carreño-Vélez (2025): “Siempre en el desarrollo tecnológico se pretendió la presencia de todas las persona, sólo que en forma controlada hoy la humanidad requiere elementos concretos de conciencia en virtud de la seguridad a los efectos de causar respeto entre las personas naturales y jurídicas”. (p. 79).
Si bien, la seguridad es sinónimo de tranquilidad de armonía y felicidad donde los medios tecnológicos pueden garantizar la prevención y cuidado del medio ambiente, siempre que su prudencia corresponda a la prioridad de los derechos humanos de todos y todas, continúa Carreño, C. (2025): “evitando toda violación a los derechos humanos, en tal sentido, la ética y la bioética son determinantes para discutir sobre la IA” (p. 79).
En éste contexto la responsabilidad civil y penal por causa del uso irresponsable de la casa común, es una realidad que de carácter objetivo y subjetivo, los gobiernos deben focalizar el cuidado y las sanciones, consecuencia de los daños incluso la respuesta sanitaria derivada de la corresponsabilidad de salud pública, en preservación de la vida, desde el punto de vista constitucional, la lucha contra la contaminación por petróleo se encuentra intrínsecamente vinculada con el reconocimiento de los derechos de la naturaleza, consagrados en la Constitución Venezolana (1999) y Ecuatoriana de 2008. Estos marcos normativos en el mundo, establecen que la naturaleza tiene derecho a su restauración, lo que implica que los daños ambientales deben ser reparados de manera integral, independientemente de los intereses económicos en juego (Moya, 2023).
Sin embargo, como señalan Luque-González & Arias (2020), la corrupción y la debilidad institucional han obstaculizado la implementación efectiva de estas disposiciones, lo que pone de manifiesto la necesidad de fortalecer los mecanismos de control y rendición de cuentas en el ámbito ambiental. Dentro de la semana por la vida en el mes de abril, como respuesta a las acciones eclesiales de familia, salud, enfermedad, universitaria, a nivel mundial, en Venezuela organizaciones no gubernamentales, FUNDACORVIDA, ITER-UCAB, Pastoral de Salud, la UNEFA, la UPEL, realizan en comunión con la Arquidiócesis de Caracas, concientización de los valores en el cuidado de la casa común, es decir, un conjunto de vinculaciones de agentes, que del todo, forman el cuerpo místico del Jesús Histórico al Cristo de la Fe, el ejemplo de humanidad hecho carne, al servicio de los olvidados, vulnerados, afligidos y desterrados-pobres.
El Dr, José Gregorio Hernández, perteneciente a la corriente de gracias, espiritualidad de la Orden Seglar Franciscana, destacó como instrumento científico la importancia de la salud, con la medicina, si bien asume el compromiso como servidor público dedicado a contribuir por el bienestar de los pobres. Duplá, F. (2022): “Por eso se ha entendido su epíteto de (médico de los pobres), al que todos admiran y le atribuyen ya fama de santo”. (p.792). Médico venezolano, científico, profesor y filántropo de vocación religiosa católica y Franciscano seglar, una asociación pública en la Iglesia católica y sus miembros, quien con su profesión se entregó en plenitud, cuerpo-alma, corazón-conciencia, inteligencia-voluntad, manifestando ser discípulo de Cristo, como lo define el Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et Spes 1 (1965): “Los gozos y las esperanzas, las tristezas y las angustias de los hombres de nuestro tiempo, sobre todo de los pobres y de cuantos sufren, son a la vez gozos y esperanzas, tristezas y angustias de los discípulos de Cristo”. (p.1). Todos los bautizados son responsable de la misión de salvaguardar la naturaleza, Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et Spes (1965):
[...]con el deseo de anunciar a todos cómo entiende la presencia y la acción de la Iglesia en el mundo actual. Tiene pues, ante sí la Iglesia al mundo, esto es, la entera familia humana con el conjunto universal de las realidades entre las que ésta vive; el mundo, teatro de la historia humana, con sus afanes, fracasos y victorias; el mundo, que los cristianos creen fundado y conservado por el amor del Creador, esclavizado bajo la servidumbre del pecado, pero liberado por Cristo, crucificado y resucitado, roto el poder del demonio, para que el mundo se transforme según el propósito divino y llegue a su consumación. (p.1).
Evidente reconocimiento de su labor como investigador y protagonista de la acción de Dios con y para los pequeños de Dios. El título, filántropo de vocación religiosa en la orden de San Francisco de Asís, patrono de la naturaleza, es el ejemplo a seguir de todo servidor, que con su profesión, mística, vocación, entregado totalmente al Espíritu Santo en la Gracia de Dios, ejerce la misión como cuidador de los que integran el medio ambiente, el principal actor activo y pasivo es el hombre, es decir los actores del medio ambiente, en corresponsabilidad puede considerar como el prototipo de servidor público. De acuerdo con Briceño-Iragorry (2015)
Considerado Fundador de la Bacteriología en Venezuela. Luego se traslada a su tierra natal para hacer medicina rural, donde recibe la noticia de que fue becado para cursar en París, estudios de Microscopía, Bacteriología, Histología y Fisiología Experimental. Regresó de Europa en 1991 y fundó el Instituto de Medicina Experimental, el Laboratorio del Hospital Vargas y varias cátedras de Medicina, entre ellas Histología Normal y Patológica; Fisiología Experimental y Bacteriología. Esta fue la primera que se fundó en América, impulsando la renovación y el progreso de la ciencia venezolana. Perfecciona el uso del microscopio. En 1904 ingresa como Individuo de Número a la Academia Nacional de Medicina como uno de sus Fundadores, Sillón XXVIII. Regresa a sus actividades profesionales, docentes y académicas, en Venezuela. Continúa sus labores académicas y docentes hasta 1919, cuando fallece en accidente de tránsito. (p.1)
El objetivo de la investigación fue el análisis de La Laudato Si, corresponsabilidad de salud, como desarrollo y preservación de la vida José Gregorio Hernández, partiendo del servicio inalcanzable del modelo de profesional médico e investigador hermano José Gregorio Hernández, durante su vida se ocupó de los enfermos del cuerpo, dando a conocer la importancia del amor a Dios con la oración, la fracción del pan, la convivencia fraterna y la enseñanza de los apóstoles por medio de la comunión con su Obispo sujeta en el Libro de Hechos de los Apóstoles capítulo 2, las primeras Comunidades Cristiana, desde la acción en comunión con el Espíritu Santo, se puede servir (diakonia), al deber en colaborar con el cuidado de la casa común en todos sus aspectos, en especial la conciencia de la importancia de la vida como elemento principal de todo desarrollo social, expresa el Grupo Banco Mundial [GBM]. (2019). desarrollo social:
El desarrollo social se centra en la necesidad de "poner en primer lugar a las personas" en los procesos de desarrollo. La pobreza no solo se refiere a los bajos ingresos; se trata también de la vulnerabilidad, la exclusión, las instituciones poco transparentes, la falta de poder y la exposición a la violencia. El desarrollo social promueve la inclusión social (i) de los pobres y vulnerables empoderando a las personas, creando sociedades cohesivas y resilientes, y mejorando la accesibilidad y la rendición de cuentas de las instituciones a los ciudadanos. [...] Los datos empíricos y la experiencia operacional muestran que el desarrollo social promueve el crecimiento económico y conduce a mejores intervenciones y a una mayor calidad de vida.
METODOLOGIA
El elemento metodológico de la investigación se desarrolló considerando un enfoque cualitativo, utilizando el análisis documental como técnica de investigación. en la siguiente se muestra las etapas metodológicas que guiaron el desarrollo de la investigación:
Primero, se seleccionó la población de estudio, conformada por 27 documentos relevantes, entre los que se incluyen artículos académicos, informes técnicos y textos legales publicados entre 2015 y 2025. Documentos que fueron seleccionados con base en su pertinencia temática y su contribución al análisis de la problemática de la contaminación en América Latina, abordando aspectos jurídicos, ambientales, sociales (eclesiales-teológicos) y económicos. Posteriormente, se diseñaron las categorías de análisis que estructuraron el estudio, estas categorías surgieron de una revisión de la literatura y se definieron como: i) protección penal y jurídica del medio ambiente desde la preservación a la vida con la salud, ii) derechos a la salud, en todos los ámbitos como principio de vida, iii) preservación de la vida visión teleológica para el desarrollo, iv) visión universal de desarrollo en la futuras generaciones; v) derecho constitucional y eclesial. Desde la perspectiva de los derechos de la naturaleza y las realidades pandémicas, se pone de manifiesto la tensión entre el desarrollo económico y la sostenibilidad, subrayando la importancia de la vocación y entrega que realizó el Dr. José Gregorio Hernández. Estas categorías permitieron organizar y sistematizar la información recopilada para su posterior análisis documental.
El profundo análisis documental se llevó a cabo mediante una lectura reflexiva de los artículos seleccionados, enfocándose en los aspectos normativos, doctrinales y prácticos relacionados con la Lauidato Si, Corresponsabilidad de salud a razón de la contaminación. Este proceso incluyó la identificación de los principales argumentos, resultados y propuestas de los trabajos, así como la comparación de las normativas nacionales con los estándares internacionales en materia de derecho ambiental. La información obtenida fue sistematizada en una matriz de análisis (tabla 1), en la que se registraron las principales contribuciones de cada documento en relación con las categorías definidas, esta sistematización permitió identificar relaciones entre las categorías. Los resultados fueron interpretados a la luz del marco teórico y normativo vigente, considerando tanto el contexto venezolano comparado con lo ecuatoriano como las tendencias internacionales en derecho ambiental.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Considerando el análisis documental de los 27 artículos empleados como población de estudio, se diseñaron categorías jurídicas relacionadas con la protección del medio ambiente, los derechos de la naturaleza y los desafíos legales y constitucionales que surgen en torno a estas materias, siendo descritas en la tabla 1, estableciéndose el siguiente orden: en primer lugar se analiza protección penal y jurídica del medio ambiente desde la preservación a la vida con la salud, con énfasis en el marco normativo penal, constitucional y legal que busca con énfasis en el marco normativo penal, constitucional que busca garantizar la tutela de los ecosistemas y los derechos de la naturaleza, tanto en el ámbito venezolano, ecuatoriano como en el derecho internacional.
Segundo, se examina el derecho a la salud, en todos los ámbitos como principio de vida, considerando los daños ocasionados por esta actividad en los ecosistemas y las comunidades, así como las políticas públicas. Se verifica la preservación de la vida visión teleológica para el desarrollo con especial atención a las estrategias jurídicas y técnicas orientadas a mitigar los efectos nocivos de actividad humana como la minería y la exportación de petróleo. Se profundiza por medio del estudio de la visión universal de desarrollo, en las futuras generaciones considerando los derechos naturales y los conflictos socioambientales analizando los conflictos jurídicos derivados de la tensión entre las actividades extractivas y la sostenibilidad de los ecosistemas, así como las herramientas legales para su resolución.
Para finalizar se vincula la relación entre derecho constitucional y eclesial, en relación a la corresponsabilidad ética y moral, evitando posibles o probables razones de corrupción, examinando su incidencia en la gobernanza, la transparencia y los desafíos jurídicos que plantea en el contexto universal de Ecuador y Venezuela, desde la perspectiva de los derechos de la naturaleza y las realidades pandémicas, se pone de manifiesto la tensión entre el desarrollo económico y la sostenibilidad, subrayando la importancia de la vocación y entrega que realizó el Dr. José Gregorio Hernández.
Tabla 1 Categoría documentales de estudio
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Categoría |
Definición de las categorías |
Referencias |
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Protección penal y jurídica del medioambiente desde la preservación a la vida con la salud |
Es el análisis de las normativas legales, penales y constitucionales que buscan proteger la casa común y los derechos de la naturaleza, así como su aplicación en el contexto de los venezolanos y los ecuatorianos, incluso el Magisterio de la Iglesia Católica, Iglesia Universal, defiende las razones humanas sobre el cuidado de la Casa Común, definida por el Papa Francisco, salud es sinónimo de libertad a la vida, como sacramento y santidad en servicio a los necesitados. |
Francisco (2015) Antúnez-Sánchez, Alcides, & Guanoquiza-Tello, Lenin Lucas (2019). Arias-Benavides, Alejandra Nathaly, & Etcheverry-Carrera, Julio Alberto (2024). Merlo-Solari, Mariana Noelia (2023). Pineda-Reyes, Cristhian Rogelio, & Vilela-Pincay, Wilson Exson (2020). Luque-González, A., & Gabriela Arias, E. (2020). Moya, Pedro Harris (2023). |
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Derechos a la salud, en todos los ámbitos como principio de vida, a razón de la contaminación |
Revisar las disposiciones que garanticen la salud desde principio de la vida, considerando los efectos negativos de la actividad humana por descuido de la casa común, incluyendo derrames, contaminación de ecosistemas y comunidades, así como las políticas públicas relacionadas con la industria extractiva. |
Castro-León, F. (2017). Escandón P., Paulo César (2019). Lafuente, Wilson, et al. (2019). Mayorga-Mayorga, Henry Santiago, & Reyes-Bueno, Fabián (2022). Mateo, Juan Pablo, & García, Santiago (2014). Ordoñez-Moran, Arturo, & NuñezLapo, María de los Ángeles (2019). Ramírez-Palacios, D. (2019) |
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Preservación de la vida visión teleológica para el desarrollo |
Reparar con obras visibles los problemas de contaminación ambiental generados por actividades humanas, como la minería y la industria petrolera, y las estrategias de remediación para mitigar sus efectos en el medio ambiente y la salud humana. |
Cuvi, N., & Bejarano, M. (2015). Peña-Murillo, Sandra Emperatriz (2018). Vilela-Pincay, W., Espinosa Encarnación, M., & Bravo González, A. (2020). Carreño-Vélez (2025) Chaves O., Jorge Arturo. (2023) |
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Visión universal de desarrollo en las futuras generaciones |
Analizar los conflictos entre las actividades humanas (como la minería y el petróleo) y los derechos de la naturaleza, así como las estrategias para la sostenibilidad y la protección de los ecosistemas en Venezuela y Ecuador. |
Sanandrés, Eliana, & Otálora Montenegro, Juan Sebastián (2015). Valladares-Pasquel, Andrea Carolina, & Boelens, Rutgerd (2019). Quishpe-López, J. D., et al. (2020); Velis Díaz, Miguel Ángel. (2016) |
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Derecho constitucional, eclesial y corrupción |
Explora la relación entre el derecho constitucional, la corrupción y su impacto en la gobernanza, con énfasis en el contexto ecuatoriano y los desafíos legales relacionados con la transparencia y la justicia. |
Luque-González, A., & Gabriela Arias, E. (2020). Ramos, Rómulo (2017). Chirino Betancourt, Yusmeny, López, Emma, & Peñaloza, Anival. (2016) |
Fuente: Los autores
Protección penal y jurídica del medio ambiente desde la preservación a la vida con la salud
Los elementos esenciales de la Protección en el área penal y jurídica, es la acción y los sujetos activos-victimario y pasivos-víctima, la garantía es la respuesta que jurídicamente se define como expresa Chirino et al. (2016): expresa que es toda acción antijurídica, culpable y sancionable punitivamente que atenta contra los bienes ambientales. En las disposiciones venezolanas conforme al precitado autor expresa en la Constitución (CRBV, 1999), la importancia de la protección como un derecho humano fundamental, en donde el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales y la corresponsabilidad, entre el Estado y los ciudadanos, conjugada objetiva y subjetiva, resultando la preservación a la vida con la salud, en los diversos ámbitos sinónimo de calidad de vida.
En la República Ecuador, la Constitución de 2008, introdujo un paradigma innovador al reconocer los derechos de la naturaleza, lo que implica que los ecosistemas son sujetos de derechos y, por ende, pueden ser protegidos frente a acciones humanas que los vulneren. Reafirma Antúnez-Sánchez & Guanoquiza-Tello (2019), el marco jurídico se ve limitado por la falta de implementación adecuada, la debilidad institucional y la insuficiencia de recursos para garantizar su cumplimiento. Confirma Moya (2023) subraya la necesidad de armonizar las normativas nacionales con los estándares internacionales, especialmente en un contexto global donde los problemas ambientales, como el cambio climático, trascienden las fronteras estatales. En este sentido, el desafío radica no solo en la creación de normas, sino en su aplicación efectiva, lo que requiere un fortalecimiento de las capacidades institucionales y un compromiso político sostenido.
Derechos a la salud, en todos los ámbitos como principio de vida, a razón de la contaminación
La constante actividad económica de los países en desarrollo presenta la realidad de la minería y del petróleo, así como todos los elementos de movilización en los vehículos de carga. Es una de las principales fuentes de ingresos en los venezolanos y ecuatorianos, también representa una de las actividades económicas con mayor impacto ambiental. Los derrames de petróleo, las sustancias químicas para la transformación y refinación son parte de la contaminación de suelos, aire y cuerpos de agua, y los efectos adversos sobre las comunidades indígenas y locales son realidades frecuentes. Castro, L. (2017) define cómo los derrames en la Amazonía ecuatoriana han generado daños irreparables en los ecosistemas, afectando no solo la biodiversidad, sino también la salud y los derechos de las comunidades que dependen de estos recursos. Escandón, P. (2019), considera rotundamente que, aunque existen normativas para regular la actividad extractiva, su aplicación es deficiente, y las sanciones impuestas a las empresas responsables suelen ser insuficientes para disuadir futuras infracciones.
Para Mayorga, H. y Reyes, F. (2022) destacan que las políticas de remediación ambiental, aunque necesarias, han sido limitadas en su alcance debido a la falta de recursos financieros y voluntad política. Este panorama evidencia la necesidad de compatibilizar los beneficios económicos de la industria petrolera con la protección efectiva del medioambiente y los derechos de las comunidades afectadas.
Incluso Chaves, J. (2023) expresa en la Encíclica Laudato Si, en el diagnóstico del documento una 5ª, razón cuando:
Vincula la inequidad planetaria con la actividad contaminante de empresas que hacen en los países menos desarrollados lo que no pueden hacer en los países que les aportan capital; y con la estrategia de compraventa de «bonos de carbono» que puede dar lugar a una nueva forma de especulación, y no servir para reducir la emisión global de gases contaminantes. Esta práctica puede convertirse en un recurso diversivo que permita sostener el sobreconsumo de algunos países y sectores. Por supuesto también relaciona la inequidad con el manejo de la deuda externa de los países pobres que se ha convertido en un instrumento de control por parte de los acreedores, pero no ocurre lo mismo con la deuda ecológica, en ventaja de los países pobres. (p.66)
Es una razón posible o probable en los venezolanos y ecuatorianos, desde el daño ambiental y el derecho de reparar, recae sobre las disposiciones normativas de derecho objetivo y subjetivo, obligados a cumplir las propuestas Internacionales del cuidado de la casa común, al representar el ambiente, entorno externo vital en hombre para crecer y reproducirse basadas en familia humana, con las necesidades biológicas indispensables de la persona como principio de la vida.
Preservación de la vida visión teleológica para el desarrollo
Gracias a las investigaciones se entiende que la contaminación ambiental derivada de actividades humanas, como la minería y la explotación petrolera, representan un desafío crítico para el derecho ambiental y la sostenibilidad. Entre los países en vía de desarrollo e independencia como Venezuela y Ecuador, la contaminación de suelos y aguas ha alcanzado niveles preocupantes, perjudicando tanto a la biodiversidad como a la salud de las poblaciones locales, como lo señalan Cuvi & Bejarano (2015). Este tipo de contaminación, que incluye la presencia de metales pesados y residuos de hidrocarburos, plantea serios retos para el diseño e implementación de estrategias de remediación.
También Chávez, J. (2023) expresa en la Encíclica Laudato Si, en el diagnóstico del documento una 1ª, razón:
1ª La Carta afirma el calentamiento del sistema climático, como un consenso científico muy consistente y preocupante; y que, en su mayor parte, se debe a la gran concentración de gases de efecto invernadero emitidos sobre todo a causa de la actividad humana. Llama la atención sobre los graves impactos ambientales, sociales, económicos, distributivos y políticos que tiene, incluyendo su efecto sobre las migraciones. (p.66)
La razón para contrarrestar la movilidad humana por razón del efecto invernadero es gracias al previo cuidado de la casa común, permitiendo la activa participación, en lucha contra la tecnocracia como expresa el Papa Francisco en la encíclica Laudato SI, Chaves, J. (2023):
1º Todos los grandes problemas diagnosticados, que están afectando la vida del planeta Tierra, la Carta los ve como consecuencias de un problema radical: lo que puede llamarse el paradigma tecnocrático dominante. Al respecto, es significativo que el papa no utilice el término “sistema”, o ni siquiera “modelo”. Dice “paradigma”, “molde”, con un sentido concreto que puede deducirse del uso que hace en la encíclica. Cuando aproxima una definición, parece apuntar a “modos de entender la vida y la acción humana, propios de visiones e intereses que atraviesan diversas formaciones sociales”. No a definiciones ideológicas. En tal sentido, es un modo de entender la vida y la acción humana que se ha desviado y que contradice la realidad hasta dañarla, cuyo problema fundamental es el modo como la humanidad de hecho ha asumido la tecnología y su desarrollo junto con un paradigma homogéneo unidimensional. Como parte de este paradigma, el tipo de método científico y experimentación que lo orienta es explícitamente una técnica de posesión, dominio y transformación. Y se fundamenta en tres supuestos falsos: el de la disponibilidad infinita de los bienes del planeta; el de la existencia de una cantidad ilimitada de energía y de recursos utilizables; y la creencia de que su regeneración inmediata es posible, y que los efectos negativos de las manipulaciones de la naturaleza pueden ser fácilmente absorbidos. Estos supuestos tienen en común, por parte de los economistas, una manera de entender la tierra y la naturaleza, cuando la incorporan al análisis y a la acción económica. (p.66)
La interpretación intermedia u opuesta al paradigma tecnocrático, es que, si por razón de la corresponsabilidad todos los ciudadanos participan en la actividad humana económica, es decir, no queda sujeto a la propuesta de tecnología de la inteligencia artificial, sino a la participación de todos considerando la responsabilidad en el uso correcto para la persona humana, existe una preocupación de ordenar el uso adecuado para el desarrollo sustentable y sostenible de los recursos naturales. Así como Peña, S. (2018) indica la importancia de adoptar tecnologías más limpias y sostenibles como una medida preventiva. Con la prudencia sobre el uso correcto ético de la tecnología llamada la algorética de acuerdo con Carreño, C. (2025) en las comunidades como principio de corresponsabilidad constitucional, debe emerger gracias al desarrollo tecnológico con la Inteligencia Artificial, consciente, bajo la ciencia de la ética y la bioética.
Partiendo de las consideraciones de Vilela et al. (2020), destacan que la falta de coordinación entre las instituciones públicas y las empresas privadas dificulta la ejecución de proyectos de remediación efectivos. Posible perspectiva jurídica, es fundamental fortalecer los mecanismos de responsabilidad ambiental, tanto en el ámbito administrativo como en el penal, para garantizar que los actores responsables de la contaminación asuman los costos de la remediación y se evite la repetición de estas conductas.
Visión universal de desarrollo en las futuras generaciones
Considerando las realidades descritas por la carta encíclica Laudato Si, del Papa Francisco sobre la visión Universal vista entre el 2° al 4° de diagnóstico visibles, donde hace un llamado de alerta en paralizar los daños presentes y futuros de la casa común, si bien las disposiciones de índole eclesial universal son vinculantes a las disposiciones de los países en comunión con la santa sede de Roma Vaticano, expresa Chaves, J. (2023):
2ª Afirma el acceso al agua potable y segura como un derecho humano básico, fundamental y universal, condición para el ejercicio de los demás derechos humanos, y que se opone a la tendencia a privatizar este recurso escaso, convertido en mercancía. Al respecto, organizaciones internacionales ligadas a programas de desarrollo del Banco Mundial defienden no solo que el agua es un bien económico y, por lo tanto, mercantilizable, sino que, además, ven la privatización de su distribución como la mejor manera de que se use racionalmente y llegue a todos los grupos. Entre ellas figuran el Consejo Mundial del Agua (WWC), el Global Water Partnership (GWP) y empresas multinacionales muy conocidas, como Nestlé. 3ª Señala la pérdida de biodiversidad como responsabilidad que recae sobre formas inmediatistas, depredadoras, de entender la economía y la actividad comercial y productiva, 4ª Conecta el caos urbano con las actividades de producción industrial y privatización de los espacios públicos. (p.66)
Es un diagnóstico reflejado por el Papa Francisco donde prevalece la universalidad en las realidades universales concretas en el desarrollo, donde exista como elemento único la salud reflejada en el cuidado de la casa común permitiendo la trascendencia de las personas que es el mejor reflejo de la vida, es el reconocimiento de los derechos de la naturaleza en la constitución
venezolana donde prioriza el cuidado desde los derechos ambientales como un derecho humano fundamental, en donde el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales son patrimonio común e irrenunciable de la humanidad. La constitución ecuatoriana representa un avance significativo en el ámbito del derecho ambiental, al establecer un marco normativo que prioriza la protección de los ecosistemas frente a las actividades humanas.
Por ende, el reconocimiento ha generado tensiones con las actividades extractivas, como la minería y la explotación petrolera, que son fundamentales para la economía del país ecuatoriano. En este sentido, San Andrés, E. y Otálora, J. (2015) analizan cómo estos conflictos socioambientales reflejan una colisión entre el desarrollo económico y la sostenibilidad ambiental, evidenciando la necesidad de encontrar un equilibrio entre ambos intereses. Consecuente a la interpretación de Valladares, A. y Boelens, R. (2019) destacan que la participación activa de las comunidades locales en los procesos de toma de decisiones es esencial para garantizar una gestión más equitativa y sostenible de los recursos naturales. No obstante, en la práctica, los intereses económicos suelen prevalecer sobre los derechos de la naturaleza y de las comunidades, lo que pone de manifiesto la necesidad de fortalecer los mecanismos de control y supervisión, así como de garantizar el acceso a la justicia ambiental para los actores afectados. A los efectos de que todos los ciudadanos puedan tener el derecho.
Derecho constitucional, eclesial y corrupción
Las disposiciones Papales en encíclicas permiten reflexionar las obras llevadas por el hombre, el efecto eclesial es el llamado a la conversión humana en las acciones de gobierno, a los efectos de garantizar la vida, siempre direccionada a impedir la burocracia, la tecnocracia, alineadas a la corrupción de acuerdo con Chaves, J. (2023), menciona dentro de los 9 niveles de análisis científico y ético, los siguientes:
2º Visto de manera global, dentro de ese paradigma que configura la sociedad actual, el ritmo de consumo, de desperdicio y de alteración del medio ambiente que genera este paradigma tecnocrático dominante ha superado las posibilidades del planeta, de tal manera que el estilo de vida actual, por ser insostenible, solo puede terminar en catástrofes. A la continua aceleración de los cambios de la humanidad y del planeta se une hoy la intensificación de ritmos de vida y de trabajo, en eso que algunos llaman «rapidación». Si bien el cambio es parte de la dinámica de los sistemas complejos, la velocidad que las acciones humanas le imponen hoy contrasta con la natural gradualidad de la evolución biológica. 3º Este paradigma tecnocrático es dominante al punto de que se constituye en un paradigma de comprensión que condiciona la vida de las personas y el funcionamiento de la sociedad. 4º Los efectos de la aplicación de este molde a toda la realidad, humana y social, se constatan en la degradación del ambiente, que es solamente un signo del reduccionismo que afecta a la vida humana y a la sociedad en todas sus dimensiones; un super desarrollo derrochador y consumista, que contrasta de modo inaceptable con situaciones persistentes de miseria deshumanizadora. Y tiende a ejercer su dominio sobre la economía y la política de manera que la economía asume todo desarrollo tecnológico en función del rédito. (67-68)
Las disposiciones constitucionales objetivas plantean la garantía de los derechos a la vida, como en Venezuela, Villegas (2009) citado por Chirino Chirino et al. (2016), expresa que el derecho al ambiente es inherente a la dignidad de toda persona, y está necesariamente vinculado con la garantía de los demás derechos humanos incluyendo, en particular, al desarrollo (p. 20). Además, en la Constitución de la Republica Venezolana (1999), se manifiesta la corresponsabilidad, entre el Estado y los ciudadanos. El ciudadano servidor público en la historia venezolana es el Dr. José Gregorio Hernández, que, con su servicio y entrega científica recibida en el estudio, prácticas, con los pobres, bajo la Espiritualidad de la Orden Franciscana Seglar, se entregó sirviendo a los necesitados, el patrono de la Orden es el patrono de la protección Ambiental, es San Francisco de Asís.
Francisco es el nombre del Papa, definiendo a todo lo externo como hermana tierra, hermana agua, hermano aire, principio de fraternidad, cuidado, conservar y protección del ambiente en beneficio de ésta y las futuras generaciones. Todos los ciudadanos por la razón de corresponsabilidad son responsables de la salud colectiva, dando la vida por la vida de los demás, es para todos los servidores, que asumiendo dicho compromiso realizan la articulación humana, divina con la espiritualidad centrada en las comunidades cristianas mostrada en el 2° capítulo del Libro de Hechos de los Apóstoles del Nuevo Testamento. Conforme a las estrategias sociales participativas centrada en humanidad que desarrolle cada territorio, como la reciente realidad de la pandemia covid 19.
Durante la emergencia pandémica, todas las personas presentaron diversidad de reacciones por el desconocimiento, mientras exista humanidad bajo protocolos éticos de información, donde se considere la participación de todos los responsables, en virtud de que la persona humana en su integralidad con su composición, como lo establece el Concilio Ecuménico Vaticano II, Gaudium et spes 3 (1966), que significa “alegría y esperanza” define:
El Concilio, testigo y expositor de la fe de todo el Pueblo de Dios congregado por Cristo, no puede dar prueba mayor de solidaridad, respeto y amor a toda la familia humana que la de dialogar con ella acerca de todos estos problemas, aclarárselos a la luz del Evangelio y poner a disposición del género humano el poder salvador que la Iglesia, conducida por el Espíritu Santo, ha recibido de su Fundador. Es la persona del hombre la que hay que salvar. Es la sociedad humana la que hay que renovar. Es, por consiguiente, el hombre; pero el hombre todo entero, cuerpo y alma, corazón y conciencia, inteligencia y voluntad, quien será el objeto central de las explicaciones que van a seguir.
La integralidad de la persona, junto a lo externo derivado del impacto ambiental y socio cultural permitirá evaluar las actividades susceptibles de ocasionar daños a los ecosistemas, patrón que permitirá estimar la magnitud del deterioro ambiental. Las Sociedades deben objetivamente mostrar las realidades y modo de salvación humana derivada de la razón divina para que en la conciencia de la presencia de Dios y la misión de los hombres que perseveran bajo la luz del Espíritu Santo como el caso del Beato Hernández en que próximamente reciba la Canonización
como expresa el actual Arzobispo de Caracas Monseñor Raúl Biord, en la Página del Vaticano News (2025): “es un santo para nuestro tiempo, un modelo de laico cristiano que nos invita a vivir la fe con alegría y compromiso, y a poner al servicio de los demás nuestros talentos y capacidades”.
Expresa Velis, M. (2016), el Dr. Hernández se destacó por ser un científico notable y cristiano ejemplar; supo combinar su actividad de médico, docente e investigador con la más profunda caridad y actitud de servicio a todos. Lo llamaban "el médico de los pobres". (p.3) En la 1° gaceta médica se evidencia el aporte científico, donde sostiene que el número de glóbulos rojos, es menor que los habitantes de regiones intertropicales llamado hipoglobulia, por pérdida de calor por la irradiación, entendiendo que la irradiación disminuye la producción globular. Es la razón de preocupación por los necesitados. En los escritos de los elementos de la filosofía en la moral aplicada, sostuvo que el hombre, porque es un ser racional, tiene una gran dignidad, es superior a todos los seres del mundo, por eso está obligado a respetarse en todos sus actos, y a desarrollar sus facultades, acercándose mientras vive al ideal de perfección moral. Velis, M. (2016), la caridad con los pobres les regalaba los remedios y les recetaba gratuitamente. Aunque estuvieran en las veredas más lejanas y por los caminos más difíciles iba a socorrerlos a cualquier hora del día o la noche en que lo llamaran, durante 30 años se dedicó a cuidar a los pobres y a recetarlos gratuitamente. Sí un rico le quería pagar lo que valía la consulta, no le aceptaba ese dinero sobrante, pero le aconsejaba que se lo diera a los pobres.
Hay mucho que aprender, con la participación de cada ciudadano, a ejemplo del hermano Gregorio, desde sus talentos y capacidades se convierte en el pleno cuidado de la casa común con la observación y las demás acciones que propone el Papa Francisco en la Evangelii Gaudium. Siempre la Alegría del Evangelio, debe ser la matriz en los países objeto de estudio, se aprecia la corrupción cuando es ausente, la presencia de Dios, la corrupción constituye uno de los principales obstáculos para la efectividad del derecho constitucional aunada a la participación de la sociedad, donde la debilidad institucional y la falta de transparencia son prevalentes. Considerando la realidad eclesial de participación en la pastoral de conjunto integrada por la familia, la salud, los enfermos, juvenil, litúrgica, universitaria, social, puede nacer nuevas acciones concretas de sinodalidad, es el caso de las organizaciones no gubernamentales como FUNDACORVIDA, en comunión con las Conferencias Episcopales, Arquidiócesis de Caracas y Arquidiócesis de Portoviejo, ITER-UCAB, Pastoral de Salud, la UNEFA, la UPEL, articula estrategias de actualización de conocimientos sobre las realidades.
En Ecuador, la corrupción no solo afecta la gobernanza en general, sino que también tiene un impacto directo en áreas clave como la protección ambiental, expresa Ramos (2017), que la desviación de recursos públicos y la falta de rendición de cuentas limitan la capacidad del Estado para implementar políticas efectivas en este ámbito. Afirma Luque, A. y Arias, G. (2020) la importancia de fortalecer los mecanismos de control y rendición de cuentas, incluyendo la implementación de sistemas de transparencia y la imposición de sanciones severas para los funcionarios corruptos.
En la perspectiva constitucional, la lucha contra la corrupción no solo es un imperativo ético, sino también una condición necesaria para garantizar el cumplimiento de los derechos fundamentales, incluidos los derechos de la naturaleza, en este sentido, el fortalecimiento del Estado de derecho y la promoción de una cultura de integridad son esenciales para avanzar hacia una gobernanza más justa y sostenible.
CONCLUSIONES
El cuidado de la casa común expresada en la Laudato Si, del papa Francisco, exhorta la conciencia en el uso de los recursos naturales donde exista la actividad humana, el peor de las razones es la contaminación del agua, aire, suelo, entre las causas visibles se encuentra el petróleo tanto en Venezuela como en Ecuador, analizada desde las categorías documentales, evidencia la complejidad de los desafíos jurídicos, sociales, ambientales incluso eclesiales que enfrentan los países. Entre los ejemplos propuestos tenemos al Dr José Gregorio Hernández su entrega desmedida por el prójimo. En el ámbito de la protección penal y jurídica del medioambiente, se destaca la necesidad de fortalecer el marco normativo y su aplicación efectiva, superando las limitaciones institucionales y garantizando la tutela de los derechos de la naturaleza. Respecto al impacto ambiental de la industria petrolera, los daños ocasionados a los ecosistemas y comunidades reflejan la urgencia de implementar políticas públicas que equilibren los intereses económicos con la sostenibilidad ambiental. Asumiendo la articulación humana y gerencial en los territorios considerando la persona humana en sus diversas dimensiones como lo establece la Gaudium et spes es la constitución pastoral del Concilio Vaticano II, que significa “alegría y esperanza” define en cuerpo alma, corazón conciencia, inteligencia voluntad.
La contaminación ambiental y remediación, los esfuerzos actuales resultan insuficientes, lo que exige estrategias más coordinadas y efectivas para mitigar los efectos de la actividad extractiva y garantizar la reparación integral de los daños. Desde la perspectiva de los derechos de la naturaleza y los conflictos socioambientales, se pone de manifiesto la tensión entre el desarrollo económico y la sostenibilidad, subrayando la importancia de la participación comunitaria y el acceso a la justicia ambiental, la categoría de derecho constitucional y corrupción resalta cómo la debilidad institucional y la falta de transparencia obstaculizan la gobernanza ambiental, siendo imprescindible fortalecer los mecanismos de control y rendición de cuentas.
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