Autonomía y control de la Fiscalía General del Estado en la implementación e instalación del SICOM
Resumen
Las disposiciones contenidas en el Código Orgánico Integral Penal desarrollan el contenido de los artículos 194 y 195 de la Constitución de la República del Ecuador, según los cuales la Fiscalía General del Estado-FGE es el órgano autónomo de la función judicial, único e indivisible. Las labores de investigación son llevadas por la fiscalía mediante un sistema especializado integral de investigación, de medicina legal y ciencias forenses. El objetivo general de la investigación es determinar si la FGE debe asumir de forma autónoma la implementación, instalación, funcionamiento y control del Subsistema de Interceptación. Alcanzando como resultados que dentro del sistema especializado de investigaciones que corresponde a la FGE, se engrana el SICOM, encargado de ejecutar la orden judicial que permite la interceptación de comunicaciones y datos informáticos, es decir, la técnica a través de la cual se toma conocimiento de las comunicaciones que las personas investigadas mantienen privadamente entre sí, por lo tanto abarca la intervención y la observación, dentro de la cual el analista de comunicaciones, escucha, procesa y elabora una sinopsis para efectos de su valoración orientativa e investigativa posterior.Descargas
Citas
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