Normas para evaluadores
DEL TIPO Y ESTRUCTURA DE LOS ARTÍCULOS
1.- Los artículos serán clasificados como:
a.- De Investigación: De la máxima originalidad e innovación. Recogen los resultados de investigaciones inéditas, teóricas o experimentales, cualitativas o cuantitativas. Deberán apreciarse con claridad los aspectos originales de la investigación. Se estructura en título en español e inglés, nombres y apellidos del autor o los autores, correo electrónico de cada uno de los autores en preferencia gmail, institución a la cual pertenece (señalando ciudad y país), identificadores ORCID, resumen, descriptores, abstract, keywords, ntroducción (incluye planteamiento del tema o problema, objetivos u propósitos, justificación o importancia, referencial teórico), metodología, discusión, resultados, referencias consultadas (solo las empleadas en la citación del artículo). Debe contener un número no menor de 10 citas referenciales.
b.- De revisión: Describen y/o recopilan los desarrollos más recientes o trabajos publicados sobre un determinado tema, aportando siempre alguna mejora, complemento o perspectiva original que también debe destacarse expresamente. Son una síntesis teórica y una visión actual del tema abordado y, sobre todo de resaltar lo que puede suponer de aportación novedosa sobre él. Debe contener un número no menor de 25 citas referenciales. Se estructura en título en español e inglés, nombres y apellidos del autor o los autores, correo electrónico de cada uno de los autores en preferencia gmail, institución a la cual pertenecen (señalando ciudad y país), identificador ORCID, resumen, descriptores, abstract, keywords, introducción (presentación del tema), desarrollo de la revisión, aportes generados de la revisión, referencias consultadas (solo las empleadas en la citación del artículo).
c.- De reflexión: Describen experiencias positivas en la aplicación de tecnologías, métodos y saberes actuales con logros reseñables en cualquier campo, con preferencia en casos que supongan aportaciones de mejora o detalles originales que también deben destacarse expresamente. Reflejará las “experiencias positivas” que se han obtenido con la aplicación real de técnicas o conocimientos, primándose consideraciones que presenten a aporte al saber universal. Debe contener un número no menor de 25 citas referenciales. Se estructura en título en español e inglés, nombres y apellidos del autor o los autores, correo electrónico de cada uno de los autores en preferencia gmail, institución a la cual pertenecen (señalando ciudad y país), identificador ORCID, resumen, descriptores, abstract, keywords, introducción (presentación del tema), desarrollo de la reflexión, aportes generados de la reflexión, referencias consultadas (solo las empleadas en la citación del artículo).
d.- Comentario de sentencia: Describen aspectos teóricos, tanto doctrinales como de principios de Derecho y otros de orden jurisprudencial para justificar científicamente que no se está de acuerdo con la decisión emitida en una sentencia, que puede ser nacional o extranjera y sobre cualquier rama del Derecho. Tendrá una estructura de Antecedentes donde el autor expondrá una breve reseña de los hechos, de la cuestión controvertida, de las partes, de la normativa aducida por el tribunal. Después tendrá una parte de interpretación o análisis, donde el autor argumentará su oposición total o en parte a la decisión judicial a partir de principios de Derecho, doctrina y jurisprudencia. En esta parte, que es la de sustentación, debe utilizar como mínimo 10 citas de los últimos cinco años o de autores clásicos en esa rama del Derecho. Se deben consultar y comprar al menos con cinco sentencias nacionales o extranjeras que aborden el mismo objeto de estudio. Finalmente tendrá una parte de propuesta y justificación, donde el autor del trabajo expondrá cómo debió quedar el fallo y su justificación. Al igual que los otros tipos de trabajos científicos, llevará un resumen, un abstrac, descriptores y keywords.
e.- Carta al editor: Sección abierta a todos los lectores que envíen aportes que complementen o discutan artículos originales u originales breves publicados y/o sobre algún área temática que aborde la misma. En estos casos, se permite hasta cuatro autores y una extensión máxima de 10 páginas y un número no menor 5 citas referenciales.
f.- Editorial: Se proponen temas de interés editorial de forma de expositivo – argumentativo. Trabajos encargados por el Director - Editor.
SOBRE EL PROCESO DE EVALUACIÓN
2.- Para el arbitraje de los artículos se realizará la evaluación por pares doble ciego; en donde los evaluadores no conocen la identidad de los autores de los artículos, y los autores no conocen la identidad de los evaluadores.
3.- Los artículos son arbitrados y clasificados en las siguientes categorías: Aprobado, Aprobado con modificaciones y no Aprobado.
4.- Los artículos serán evaluados desde 4 criterios medulares:
.- Originalidad / Innovación de la investigación.
.- Utilidad / Pertinencia social y cultural.
.- Claridad expositiva del texto.
.- Rigor científico desde el paradigma o enfoque investigativo asumido/ Argumentación / Conclusiones o consideraciones finales.
6.- Los evaluadores deberán llenar el informe de evaluación y el instrumento de evaluación que se muestra a continuación:
7.- Si el artículo no es aprobado, se debe indicar claramente la razón en el informe de evaluación.
8.- Si el artículo es aprobado con correcciones, se debe mencionar qué mejoras necesitarían ser realizadas, para que el autor las aplique y las reenvíe a la revista.
9.- Si el artículo es aprobado, se debe señalar la contribución de la misma, desde los criterios ya establecidos.
10.- Los conflictos de interés suscitados por el veredicto de un artículo, serán solucionados mediante las Políticas de ética y buenas prácticas editoriales de las revistas científicas UNIANDES
11.- Las controversias que podrían generarse sobre el conocimiento publicado será responsabilidad del autor o autores del artículo, a los cuales, podrán contactar vía correo electrónico, se podrá emitir juicio o discusión sobre el tema abordado, siempre y cuando esto se realice en un clima académico y científico, desarrollándose así, un proceso de retroalimentación que edifique la ciencia y el conocimiento.
12.- Los evaluadores tendrán un lapso de 30 días continuos, desde la recepción del artículo, para remitir al Director y/o Editor, el informe evaluativo del mismo. El Director y7o Editor enviará dicho informe al autor en un plazo máximo de 5 días continuos.
13.- Los evaluadores deberán confirmar la aceptación del arbitraje del artículo, en los cinco (5) días siguientes del envío del mismo. De no ser aceptado el arbitraje o no confirmado, se asignará inmediatamente otro evaluador.
14.- El Director y/o Editor considerará la publicación del artículo basándose en el instrumento y el informe presentado por los evaluadores.
Ver formatos: http://45.238.216.53/ojs/index.php/DJE/formatos