EL DELITO INFORMÁTICO EN AMÉRICA
Resumen
El ciberdelito, al igual que otras figuras penales, ha sido objeto de análisis por parte de juristas y expertos en seguridad informática de todo el mundo; lo que permitió que muchas legislaciones del continente americano tipifiquen conductas ciber-delictuales, tomando en consideración lo que se ha analizado doctrinalmente y tipificado en otros continentes. Sin embargo, no ha existido un estudio adecuado sobre la realidad del delito informático en el continente americano que haya permitido identificar los imperfectos jurídicos respecto a ciertas ciber-conductas que deben ser consideradas y sancionadas como figuras penales independientes, lo que llevo a la necesidad de efectuar una investigación que identificó los delitos informáticos tipificados en países que más avances presentan sobre el tema, y, en base a ello, se estableció las falencias y/o vacíos presentes en las legislaciones del continente americano. Este trabajo de investigación se fundamentó en obras nacidas en la Academia y del análisis que al respecto efectuaron los autores, aplicando métodos teóricos y empíricos que, conjugados con la técnica de la entrevista y la encuesta, concluyó en una propuesta viable y novedosa. De esta forma se detalló las conductas criminales ejecutadas con herramientas informáticas que constan en la legislación americana; y una vez identificadas se detectó las falencias existentes y se proporcionó una posible solución en base a la tipificación de ciertas ciber-conductas que no constan como figuras penales independientes en los cuerpos jurídico-penales de América, y que en muchas ocasiones son sancionadas acoplándolas a figuras penales tradicionales que contienen una pena no proporcional con el daño causado.Descargas
Citas
Código Penal de la República de Panamá. (2010). Código Penal de la República de Panamá. Panamá: Nacional.
Código Penal Federal México. (1999). Código Penal Federal República de México. Mexico: Nacional.
COIP. (2014). Código Orgánico Integral Penal. Quito: Nacional.
Cuello-Calón, E. (1964). Derecho penal. Parte General. Barcelona: Bosch.
Decreto 17-73. (2010). Ley de delitos informáticos. Managua: Nacional.
Ley 9048.2012. (2012). Reforma de la Sección VIII, Delitos Informáticos y Conexos, del Título VII del Código Penal. San José: Nacional.
Ley Especial contra los Delitos Informáticos . (2011). Ley Especial contra los Delitos Informáticos . Caracas: Nacional.
Ley N° 53-07. (2007). Ley N° 53-07 contra Crimenes y Delitos de Alta Tecnología. Santo Domingo: Nacional.
Ley No 1160/97. (2010). Código Penal Paraguayo . Asunción : Nacional.
Ley No 1273. (2009). Ley No 1273. . Bogota: Nacional.
Ley No 164. (2011). Ley General de Telecomunicaciones . La Paz: Nacional.
Ley No 18.331. (2008). Protección de Datos personales y Acción de Habeas Data. Montevideo: Nacional.
Ley No 30096. (2014). Ley de delitos informáticos. Lima: Nacional.
Ley No. 19.223. (1993). Delitos Informáticos; Sistemas de Información; Ley no. 19.223. Valparaiso: Nacional Chile.
Narváez-Montenegro, D., Fiallos, S., Bucaram, A., Viscaino, F., & Carrera-Calderón, F. A. (2015). Derecho informático. Conceptos, principios y prácticas. Quito: Jurídica del Ecuador.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Bajo los siguientes términos:
Usted es libre de:
Compartir — copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato
Adaptar — remezclar, transformar y construir a partir del material. La licenciante no puede revocar estas libertades en tanto usted siga los términos de la licencia
Bajo los siguientes términos:
Atribución — Usted debe dar crédito de manera adecuada, brindar un enlace a la licencia, e indicar si se han realizado cambios. Puede hacerlo en cualquier forma razonable, pero no de forma tal que sugiera que usted o su uso tienen el apoyo de la licenciante.
NoComercial — Usted no puede hacer uso del material con propósitos comerciales.
CompartirIgual — Si remezcla, transforma o crea a partir del material, debe distribuir su contribución bajo la lamisma licencia del original.
No hay restricciones adicionales — No puede aplicar términos legales ni medidas tecnológicas que restrinjan legalmente a otras a hacer cualquier uso permitido por la licencia.
OAI-PMH URL: https://revista.uniandes.edu.ec/ojs/index.php/DJE/oai






